Madrid. Tengo la tutela de mi hermano. Mi madre falleció hace un año, dejándonos un pequeño patrimonio. Mi padre se desentendió de nosotros hace 33 años y ahora el me dice que cuando mi hermano fallezca, hereda él. A fecha de hoy no hay ningún acercamiento afectivo ni económico, ni de ningún tipo.
¿Tiene derecho a heredar? Si ni siquiera nos conoce.
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Buenos días Belén,
En principio nuestra legislación nos permite desheredar, aunque muy taxativamente; habría que demostrar ese abandono y materializarlo en el testamento oportuno.
Para ampliar la información, por parte de Negotia Abogados le invitamos a poder entrevistarnos con Ud., siendo la primera visita gratuita, con el fin de poder ampliar la respuesta y darle un mejor servicio.
Un saludo.
Negotia Abogados.
Una de las causas de desheredación por indignidad del heredero forzoso es el abandono de hijos, pero para estudiar el caso concreto, pueden solicitar cita.
Las causas para desheredar son muy concretas en nuestro Código Civil. Para analizarlas debemos conocer la localidad desde donde reside y profundizar en algunas circunstancias que no relata.
Quedamos a su disposición para darle una información más concreta.