Despido disciplinario de ayudante de Farmacia
Buenos días,
Tras cuatro años trabajando de auxiliar de Farmacia he sido objeto de un despido disciplinario.
El contrato que he firmado, basado en el convenio de Farmacia, establece para el despido improcedente una indemnización de 33 días por año trabajado, pero tengo entendido que hasta febrero de 2012 la Ley establece una indemnización de 45 días por año trabajado.
Mi pregunta es doble: ¿Cuál es esa normativa? ¿Prevalece esta última frente a lo que establece el convenio de Farmacia?