Despido por causas económicas
¿Pueden hacerlo? Sé que están contratando a más personas pero son becarios.
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Buenos días, Marta. Deben acreditar que la situación económica de la empresa es negativa y, en cualquier caso, abonarte la cantidad correspondiente simultáneamente a la comunicación del despido. Si lo desea, puede contar con nuestro asesoramiento. Bufete De Ávila&Sacaluga.
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Es una causa prevista legalmente que ha de acreditarse
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Es una causa prevista en el ordenamiento jurídico. Cabe la impugnación mediante demanda de despido. Si se decide impugnar, la empresa debe probar la causa que alega en la carta de despido.
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Depende de la forma en que justifiquen esas causas económicas. En cualquier caso Vd. tiene un plazo de 20 días para impugnar ese despido. Si lo desea podemos llevar su caso y le facilitaremos presupuesto.
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Buenos días, el Estatuto de los Trabajadores prevé la posibilidad de realizar un despido objetivo por causas económicas con derecho a indemnización de 20 días por año de servicio, situación que deberá probar adecuadamente además de observar una serie de requisitos legalmente establecidos, la inobservancias de los mismos o la inexistencia de la causa económica alegada conllevará la declaración del despido como improcedente. Tienes 20 días hábiles para impugnar el despido.
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En tu carta de despido, debe de acreditarse documentalmente las causas económicas a riesgo de considerarse despido improcedente.
A tu servicio.
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Buenas tardes Marta,
Todo lo que la empresa realice con respecto a este tipo de despido tiene que probarlo con documentación. En caso considere que es un despido improcedente, cuenta con 20 días hábiles a contar desde la fecha del despido para interponer acciones legales.
Podemos encargarnos de todo y brindarle un asesoramiento personalizado.
Reciba un cordial saludo,
Departamento Laboral
Dolorier & Asociados Abogados
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