Despido por embarazo con contrato de fin de obra

Realizada por Roberto Cerezo. 30 jun 2015

Hola. Llevo dos años trabajando con un contrato de obra y servicio y estoy embarazada de unas semanas. Tengo miedo que me despidan cuando lo sepan porque mi jefa siempre se ha mostrado en contra de ello ¿qué puedo hacer si me despiden? ¿Cómo podría demostrar que fue por estar embarazada? Gracias

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Por el tipo de contrato no debes preocuparte ya que la protección al trabajador es igual para un contrato indefinido que para uno de tiempo determinado. Sobre tu pregunta, decirte que el despido por estar embarazado puede es nulo, ya que supondría un despido discriminatorio y tendrías derecho a recuperar tu puesto de trabajo y el abono de los salarios dejados de percibir durante la tramitación del proceso judicial. Por otro lado también puedes acogerte a algunas de las situaciones protegidas con las prestaciones de riesgo durante el embarazo mientras te encuentres en esa situación.
Como el tema es muy complejo, visítenos para más concreción.

Blanco-López-Palmero Abogados Abogado en Valladolid

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Buenas Tardes, le informamos que si usted lleva con un contrato de obra o servicio y ha pasado más de un año se presume indefinido y por ello si le despiden estando embarazada será nulo de pleno derecho o en su caso improcedente. si desea que valoremos su caso o le representemos si esto le ocurriera, en Grech Abogados estaremos encantados de atenderle, venga a vernos, y acepte un consejo: No se deje coaccionar ni asustar por nadie, haga lo que considere oportuno

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Encantado Roberto,

Con un contrato de obra a la trabajadora no le van a despedir (en el sentido literal), le van a comunicar que se ha acabado su contrato de obra por haber llegado a término (la obra se ha acabado). Es decir, "se te ha acabado el contrato, estés embarazada o no". Y que es por la gestación o que es discriminatorio, deberá demostrarlo la trabajadora. Difícil.

Ahora bien, hay que estar a si el contrato de obra está incurso en fraude de ley (tal y como me temo, porque dos años es mucho tiempo). En este caso, la trabajadora es indefinida, no habría por tanto terminación de contrato y sí despido. Que además sería declarado nulo con obligación de readmisión y abono de salarios.

Pero cuidado, y me reitero. Cuando se tiene un contrato temporal no siempre hay despido, no siempre es nulo y no siempre se gana en un Juzgado. Espero haberte ayudado.

Óscar Fernández Solar

Fernandez Solar Abogado en Miranda de Ebro

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