¿Deuda con hacienda por multas de tráfico prescribe?

Realizada por Pedro. 9 oct 2014

Me ha llegado una carta de pago previa al embargo por multas acumuladas desde 2010 de 4000€. Me marcho a buscar trabajo fuera de Europa próximamente y probablemente ya sólo volveré a España de vacaciones y a lo mejor ni eso. No puedo hacer el pago porque voy a necesitar ese dinero para vivir a corto plazo. En España no tengo ni propiedades, ni cuentas bancarias, ni nada a mi nombre.


Quería saber si esa deuda, una vez que llega hacienda (ya ha llegado parece), puede prescribir y con qué condiciones.


Si no prescribe nunca, esos 4.000€ ¿se convertirán algún día en 40.000€ o 400.000€? Lo único que me unirá a España es una posible herencia a recibir en algún momento de las próximas dos o tres décadas, y no me gustaría quedarme sin herencia dentro de 20 años por estas multas.


No me gusta dejar cuentas pendientes pero mi caso es algo extremo, ya que voy a necesitar ese dinero para no quedarme en la indigencia al otro lado del mundo en caso de no encontrar trabajo a corto plazo.


Gracias de antemano y un saludo.

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El plazo de prescripción de las deudas tributarias es de 4 años.

Iurix Abogados Abogado en Tudela

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La prescripción que plantea esta sujeta a la inactividad de la Administración, si la Administración le ha comunicado mediante carta de pago, como ud relata, este acto rompe el plazo de prescripción. En segundo lugar, atendiendo a la cuestión planteada por ud sobre el incremento de la deuda, comunicarle que, efectivamente, el impago de la deuda que ha adquirido con la Hacienda Pública conlleva la aplicación de intereses moratorios, lo que agravará la cuantía de la misma, mientras no se abone dicho endeudamiento o prescriba.

Magnum Abogados Abogado en Alcalá de Henares

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