1.-) Esa persona no me hace factura, quiere que le pague en metálico, puedo negarme a pagar tal cantidad, si no se me da una factura.
2.-) No tengo empleo, y en consecuencia, ningún ingreso, por lo que deberé pedir abogado de oficio, y va a tardar en que se me conceda ; el abogado de la persona que me debe dinero me ha escrito una demanda. Mi pregunta es si hasta que se me asigne abogado de oficio, puedo responderle vía email, y si todo puede ser escrito, o si me llama por teléfono, debe ser por esa vía, lo digo porque todo lo escrito siempre tendrá más solidez.
Muchas gracias, si alguien me responde.
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Estimada Carolina,
Efectivamente, si haces un pago debes de tener algún justificante, un recibo o un acuerdo como de cancelación de deuda.
Con respecto al segundo punto, si te han puesto una demanda, te aconsejamos que presentes el justificante de solicitud de asistencia jurídica gratuita (lo del abogado de oficio) en el procedimiento. Eso lo paralizará automáticamente hasta que te lo conceda.
Y desde luego todo por escrito, pero no firmes nada que te comprometa hasta recibir el adecuado asesoramiento de un abogado.
Buenos días. Si hay una demanda y un número de autos ,el procedimiento judicial se paraliza hasta que el colegio de abogados resuelve la petición de letrado de oficio. Es conveniente la existencia de una factura para acreditar los trabajos y el precio que se le recama. Pero en algún caso puede no ser imprescindible. (Desconozco qué se le reclama y porqué). Y desde luego que es mejor utilizar la forma escrita que la hablada, salvo que se grabe la conversación. Guarde todos los archivos y documentos electrónicos en formato original Y confíe en el abogado que le asignen. Un saludo