¿Domicilio conyugal en el convenio de divorcio o más tarde?
¿Qué diferencia hay entre atribuir el domicilio conyugal en el convenio de separación y divorcio o bien realizarlo tiempo más tarde?
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Hola, buenos días,
en repuesta a su pregunta, le comento, que la atribución del domicilio familiar, ha de ser solicitado obligatoriamente, como uno de los puntos del Convenio regulador de la separación o divorcio. Espero haber aclarado su duda, un saludo.
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Estimada Sra,
El domicilio familiar es obligatorio que aparezca en el convenio regulador de la separación o divorcio. Deberá por lo tanto incluirse en él, ya que se trata de un elemento esencial del convenio.
Saludos,
Bachofer Abogados.
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Buenas tardes Berta,
El uso de la vivienda familiar es uno de los elementos que tienen que aparecer en el convenio de divorcio o separación; por lo que deberá incluir la atribución del mismo. Reciba un cordial saludo.
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