Dudas sobre la manutención de sus hijos

Realizada por Nayra glez. 19 jul 2016 Pensión alimenticia

Buenas tardes, ¿se puede pagar la manutención directamente a un hijo de 15 años en su propia cuenta o mediante giro bancario, sin tener que hacerlo a su madre, sin que esto nos afecte legalmente?

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Buenos días
Debe abonar la pensión en la forma y tiempo establecido en la sentencia que regule las medidas relativas a la pensión de alimentos, pues en caso contrario estaría incumplientdo el pago y podría ser demandado por ello.
Si lo que desea es abonar la pensión a su hijo directamente, intente llegar a un acuerdo con la madre para presentar la solicitud de forma conjunta, y sino puede realizar la petición al juez, para que el juez si lo estima en beneficio del menor, lo acuerde.
Para ello precisará de abogado y procurador.
Espero que la respuesta hay sido de utilidad.

Jorge Muñoz Consultores S.L.P Abogado en Valencia

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Buenos Días Nayra, le informamos que debe usted acatar lo dispuesto en la sentencia, por ello deberá ingresarlo en la cuenta del progenitor custodio. En caso contrario estaría incumpliendo y podría ser demandado. Suerte!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Con 15 años su hijo es menor de edad y por tanto la pensión de alimentos tiene que ingresarse en una cuenta a favor de quien tenga la custodia.

Contacte con nosotros y nos ocuparemos de todo.

Saludos cordiales.

SdeY Abogados Abogado en Madrid

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Compruebe como pone la forma de pago en la sentencia de medidas o convenio regulador, en caso de que no ponga nada, consulte con el Abogado que le llevase el caso.

Manuel Ortiz de Landazuri Solans Abogado en Zaragoza

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