El dueño quiere rescindir el contrato, ¿puede hacerlo?
Realizada por María José. 24 may 2013
Alquilamos hace un año una vivienda para consulta médica para los próximos 5 años, y el dueño quiere ahora vender la vivienda. El perjuicio para nosotros es muy grande, porque nos ha costado mucho dinero instalarnos. ¿Puede hacerlo?
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta le ha sido útil a 0 personas
Si el contrato está en vigor, el adquirente quedará subrogado en los derechos y deberes del transmitente. Por consiguiente, el contrato seguirá en vigor. No obstante, es lo que puedo decir en términos generales y sin ver el contrato, habrá que ver y analizar el contrato para dar una respuesta más precisa sobre el asunto, pues habrá que estar a lo pactado en el mismo.
Podéis exigir al dueño del piso o local una indemnización por incumplimiento del contrato de arrendamiento de CINCO años. Si quieren más información, no duden en consultarnos.
Podéis exigir al arrendador del piso o local, una indemnización por daños y perjuicios, por incumplimiento contractual.
Para cualquier aclaración, no duden en consultarnos,
Atentamente,
Mario Valbuena Archiles
Abogado
¿Te ha resultado útil?
¡Gracias por tu valoración!
Esta respuesta le ha sido útil a 0 personas
Buenos días, de conformidad con el art. 29 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, es posible la enajenación de la finca objeto del arrendamiento, esto es, que el propietario la venda, sin perjuicio de que el adquirente quede subrogado en los derechos y obligaciones del arrendador respecto a vosotros, salvo que en el adquirente concurran los requisitos del art. 34 de la Ley Hipotecaria. Y todo ello, además, sin perjuicio de los que las partes hayan pactado respecto a la enajenación de la finca. En todo caso, aconsejo asesoramiento profesional.
Gracias, saludos.
Lo más adecuado es que acudieran a un abogado que estudie el contrato y se ponga en contacto con el arrendador.
Lo norma es que no pueda rescindir el contrato pero sería necesario revisar el contrato.
Quedo a su disposición si precisa de mi asesoramiento.
Saludos.