Embargo de cuenta el día 1 y se llevan la nómina del mes integra, ¿es legal?

Realizada por PEDRO BAQUE GUERRA. 2 sep 2015

Hola

El día 1 de este mes me ingresan la nómina 1454 euros y el ayuntamiento de Barcelona/hacienda / multas, me embarga la cuenta en La Caixa el mismo día y me retienen todo el saldo, 1454 euros (mi nómina y 3 euros y pico que me quedaban en la cuenta).

¿No puedo hacer nada? No puedo atender ni hipoteca ni nada no dispongo de otro efectivo que mi nomina

Saludos y muchas gracias de antemano

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No pueden embargar el 100 % de la nómina. Según la ley de enjuiciamiento civil artículo 607 hay que dejar un mínimo de subsistencia que viene a coincidir con el salario mínimo interprofesional que está en unos 648 euros. De esa cantidad hasta los 1400 que cobras, los aproximadamente 700 euros son embargables en la proporción establecida por ley. Presenta un escrito solicitando urgentemente la devolución por ser una cuantía de subsistencia.

Ana Fidalgo Sosa Abogado en Las Palmas de Gran Canaria

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Debe de acudir al banco, con un escrito diciendo que es su nómina y no se puede embargar lo que no supere el doble del salario mínimo interprofesional y lo que lo supere solo un 30% y copia de la nómina. Como en el banco también consta dicha circunstancia no pueden y no deberían retenérselo.

Bufete de Abogados Picó & Asociados Abogado en Elche/Elx

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Estimado Pedro:

La totalidad del sueldo de un trabajador es inembargable. Como regla general el importe correspondiente al SMI está protegido por ley. A partir de ahí la ley fija unas tablas que regulan los importes sujetos a embargo.

Por tanto lo que cuenta es totalmente irregular y debería presentar la correspondiente reclamación por vía administrativa en primer lugar.

Un saludo

J A Bastida Abogado Abogado en Badajoz

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Buenos días,

Por este tipo de deuda no está permitido que te embarguen todo el salario, ya que la ley fija un mínimo que se ha de dejar a tu disposición, precisamente por lo que apuntas en tu consulta.

Lo que debes hacer es presentar un recurso indicando el exceso de embargo, y acompañarlo de tu última nómina, de modo que te devolverán el exceso.

Saludos.

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