Embargo de pensión alimenticia

Realizada por alberto c.m. 7 may 2017 Pensión alimenticia

Mi nombre es Alberto, estoy desempleado desde el año 2012 hasta 2017, mi ex mujer me reclama 16,890 de pensión alimenticia. +5000 de intereses y costas dicha cantidad no puedo pagarla, ya que estoy desempleado, he cobrado el paro en los años 2012 al 2013 y mediado de 2014 en febrero del 2015 me acogí a una ayuda de renta de inserción por 11 meses 2016, no cobre nada y ahora en 2017 empiezo a cobrar otra vez los 426 euros, mi pregunta es: ¿si yo llegue a un acuerdo con ella de que tu quieres tus 300 euros, pero no puedo hacerme cargo de los niños y ella acepto como ahora sabiendo la misma situacion en 2017 como me embarga la ayuda familiar? Y encima me dice que me tengo que hacer cargo de los niños y como les doy yo de comer a esos niños si me sobra 126 e yo que pasa que ya no tengo derecho a vivir ni a comer.

Naturalmente he recurrido la ejecución de embargo a un abogado de oficio el cual me dio un permiso para poder paralizar la ejecución, puedo cobrar ahora en mayo del 2017 la ayuda de 426 o seguramente esta retenida hasta que el juez dicte nueva sentencia gracias.

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En primer lugar si vd no puede pagar los 300 euros mensuales que según parece es el importe a que asciende la pensión para sus hijos, lo que debe hacer es iniciar un procedimiento de modificación de medidas cuanto antes para rebajar esa pensión. Este procedimiento requiere que sus circunstancias economicas hayan variado en estos años (desde sentencia hasta ahora).

Hacer esto en su caso es fundamental porque hasta que consiga esa modificación da igual que tenga o no tenga, la obligación de pagar esos 300 euros sigue vigente y la madre de sus hijos va a poder reclamarle esa cantidad con intereses.

Otra cuestión importante es que esa modificación cuando la solicite, lo haga ya con medidas provisionales, es decir, que no tenga que esperar a que finalice el procedimiento para que se lo rebajen sino que esa rebaja sea inmediata incluso mientras se tramite el juicio.
Espero haberme explicado bien en esta cuestión.
Y por otro lado lo que pregunta del embargo debe saber que los embargos para pensiones de alimentos no tienen límite, aquí no opera el limite del salario minimo interprofesional, si es para alimentos puede embargarse el sueldo o prestación entera.
Quedo a su disposición, un saludo.

Alejandra Pérez López Abogado en Gijón

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