Embargo tras 15 años de subasta piso

Realizada por PLEONH2. 27 nov 2024

Buenas tarde,

En el año 2005 compré junto con el que era mi marido un piso por un importe inflado de 220.000 €. Por motivos bastante complejos. Me tuve que separar de él en el año 2012 con una niña de dos años, Y ante la negativa del banco de permitir una dación en pago, tuve que dejar de pagarlo (digo tuve porque mi exmarido desapareció) y el piso salió a subasta en el año 2015, y como es habitual, lo recompró el propio banco por un precio mucho menor.
La cuestión es que a día de hoy que estamos casi en 2025, una empresa que compró aquella deuda que asciende a unos 59.000€, Mediante un proceso judicial me ha embargado más de 10.000 € de una cuenta de ahorro, en definitiva me han dejado a cero y con la amenaza de que no encuentran al otro titular (yo tampoco ni quiero) Y como la deuda es solidaria el embargo no se retirará hasta cubrir esa cantidad.
Mi hija tiene ahora casi 15 años, yo he rehecho mi vida que mucho me ha costado tanto en sentido emocional como en sentido económico, y estos cobradores de deuda (INTRUM) Llevan acosándome sin exagerar con unas ocho o 10 llamadas al día desde que me hicieron el embargo. Tuve que ir al decanato porque ni siquiera sabía quien me había hecho ese robo…porque para mi es un robo.

No sé si me puedo acoger a Ley de Segunda oportunidad o con quien podría hablar. Y si es que ese embargo se puede recuperar o cancelar ya todo. Estoy desde hace días en un estado de nervios que no puedo más, es una pesadilla tras tantos años…

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Hola,

En primer lugar, queremos expresar nuestra empatía por la situación que describes. Sabemos que este tipo de procesos son emocionalmente y económicamente complicados. Con la información que has proporcionado, te ofrecemos un análisis preliminar:

1. Embargo y deuda solidaria:
• El embargo que mencionas es consecuencia de una deuda solidaria derivada de un contrato hipotecario firmado en 2005. Al ser deudora solidaria, el acreedor (o la empresa de recobro) tiene derecho a reclamar la totalidad de la deuda a cualquiera de los firmantes, aunque el otro titular no se localice. Esto está dentro del marco legal.
• Sin embargo, es importante revisar el proceso judicial en el que se dictó el embargo para verificar si cumplió con todos los requisitos legales. A veces se pueden detectar irregularidades que permitan solicitar su anulación.
2. Ley de Segunda Oportunidad:
• Por el tiempo transcurrido y la situación económica que describes, podrías ser una candidata para acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad. Esta ley permite cancelar o reducir deudas siempre que se cumplan ciertos requisitos, como no haber cometido delitos económicos y demostrar que se actuó de buena fe.
• Es crucial analizar si la deuda se originó de manera legítima y si se han realizado intentos razonables de negociación.
3. Prescripción de la deuda:
• Las deudas hipotecarias suelen tener un plazo de prescripción de 15 años, aunque en algunos casos este plazo se ha reducido a 5 años desde 2015 (según la reforma del Código Civil). Sin embargo, el plazo de prescripción puede interrumpirse si el acreedor toma acciones legales, como lo hizo en tu caso con el embargo. Por lo tanto, parece que la deuda aún no ha prescrito.
4. Acoso por parte de la empresa de recobro:
• El acoso constante de empresas de recobro puede considerarse una práctica abusiva. Existen acciones legales que pueden tomarse contra estas prácticas, incluyendo denuncias ante organismos de protección al consumidor o incluso una reclamación judicial por daños y perjuicios si se demuestra un daño emocional grave.
5. Recuperar el embargo:
• La recuperación del dinero embargado dependerá de si se encuentran irregularidades en el procedimiento o si la deuda puede cancelarse total o parcialmente mediante una negociación o a través de la Ley de Segunda Oportunidad.

Próximos pasos:
Te recomendamos que nos contactes cuanto antes para realizar un análisis más detallado de tu situación. Es importante revisar la documentación del embargo, la deuda, y cualquier comunicación con la empresa de recobro. Esto nos permitirá evaluar todas las opciones legales a tu disposición.

Puedes ponerte en contacto con nosotros en Rocalisa Abogados a través de www.rocalisaabogados.com o llamarnos directamente. Estamos aquí para ayudarte a encontrar una solución y aliviar esta carga que llevas durante tanto tiempo.

Un saludo,
El equipo de Rocalisa Abogados

Rocalisa Abogados Abogado en Donostia-San Sebastián

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