Buenos días, el derecho para reclamar salarios está sujeto a plazo de prescripcion y este es de 1año. Asi que en principio solo puede reclamarse la paga extra de Navidad de 2016 y la de junio de 2017. A ello hay que sumarse el 10% de interés de demora anual. No obstante si de lo que se trata es de protegerse de una reclamación de Hacienda por mo declarar esas pagas constando como devengadas en Hacienda o lo que se pretende es hacer declaraciones complementarias de ejercicios anteriores para eliminar ma base de las nóminas y tributar menos por esos años, entonces se aconseja acumular a la reclamación de las últimas pagas, las de los ejercicios anteriores desde 2012 a 2016.
La reclamación se formular inicialmente mediante papeleta de conciliación y si la empresa no se atiene a conciliaicar , se cursa la correspondiente demanda ante el Juzgado Social. En caso de que la empresa no tenga dinero para el pago, será el Foagasa el que asuma el pago de forma subsidiaria.
Quedamos a tu disposición para cualquier aclaración.
Estimado Luis aún no han transcurrido los 5 años de prescripción hagan una reclamación de mejor derecho salarial, para ello necesitan los servicios de una abogado y si lo prefiere estamos a su disposición para hacerle un estudio y presupuesto de su caso. Un saludo cordial, Rebeca Pérez Ramos, Abogada.