En un divorcio que va por lo contencioso, uno de los cónyuges presenta la demanda y por ello tiene que pagar una cantidad.
Mi pregunta es, ¿el otro cónyuge también tiene que pagar cierta cantidad en lo que se refiere a la contestación a la demanda?
Gracias de antemano.
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Buenas tardes:
No, por contestar a una demanda de divorcio no hay que abonar tasa alguna.
Paga la tasa el demandante.
Al no haber condena en costas en temas de familia, el demandante no recuperará ese dinero.
Hay que tener en cuenta una cosa, solo paga tasa, quien pone la demanda siempre y cuando se trate de divorcio sin medidas para hijos, si hay hijos no paga tasa ninguna de las partes.