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La petición inicial no precisa ni Abogado ni Procurador, pero si la demandada se opone entonces se tramitará por juicio verbal u ordinario y en función de la cuantía si precisará Abogado y procurador,
Atentamente,
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4 respuestas
En principio no hace falta, ahora bien si el asunto permite que se oponga a su reclamación y es superior a 2.000€, el tema se convertirá en un proceso verbal u ordinario y precisará abogado y procurador para que le defienda sus intereses.
Un saludo cordial.
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Para presentar la petición inicial no es necesario, el problema surge en que si se opone debe ir a un procedimiento por cuantía donde ya seria necesario, por ese motivo recomiendo ir desde un principio con abogado para que no haya errores luego en el procedimiento por cuantía
Quedo a su disposición si precisa información o presupuesto.
Saludos.
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No es preceptiva la intervención de abogado ni de procurador para una petición inicial en un proceso monitorio independientemente de la cuantía que se reclame, el límite de los 2.000 euros es para el juicio verbal.
En caso de solicitar la ejecución si que será preceptiva la intervención de dichos profesionales si la cuantía supera los 2.000 euros.
Atte.
Despacho de Abogados
Guzmán & Cubero
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Estimado Víctor, todo va en función de la cuantía. Si es inferior a 2000€, ya sea en escrito de petición o de oposición. Si desea iniciar el proceso, consulte con nuestro Despacho.
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