Me han despedido a los 4 días de estar de baja alegando que "creen" que he ampliado mi baja actuando de mala fe. Ahora mi jefe se niega a darme nóminas, certificado de empresa y además, el finiquito por escribir "No conforme" en él. Todo esto me lo comunicó después de que lo firmara. Se ha negado a romperlo y está en su poder.
Cobro vía transferencia nominativa, ¿es legal algo de lo que ha hecho? ¿Al haber firmado puede alegar que me pagó en el acto en mano?
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Estimado Jorge: Soy experto en Derecho Laboral y puedo informarle que puede reclamar por vía judicial todo lo que usted aquí comenta. Así, le informo de que la carga de la prueba la tiene él, por lo que si alega que le ha pagado en mano ha de demostrarlo y darle una nómina que así lo refleje.
Quedamos a su disposición para todo aquello que estime oportuno,
Todo lo que comenta es ilegal y no está amparada en la legislación laboral. Para que su empresa la despida porque creen que ha actuado de mala fe, ellos deben probar lo que alegan, y lo deben hacer ante un procedimiento judicial. Es importante que actúe de manera inmediata porque cuenta con pocos días para interponer acciones legales, y si el despido es nulo, tendrá derecho a una readmisión y al pago de todos los salarios de tramitación.
Podemos encargarnos de la tramitación y de brindarle un asesoramiento personalizado.
Visite nuestra web y perfil del facebook para más detalles sobre nosotros.
Un saludo,
Departamento Procesal
Dolorier & Asociados Abogados
Madrid
Buenas Tardes Jorge, le informamos que si usted ha sido despedido y la empresa en su carta no alega las causas legalmente tasadas, podrá impugnarlo por improcedente dentro de los 20 días siguientes con derecho a indemnización. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados estaremos encantados de atenderle, ¡venga a vernos!
El empresario que despide a un empleado, debe acreditar que la causa del despido es cierta, para que este despido se considere procedente.
En su caso, parece que hay muchas lagunas y poca certeza, por lo que lo más aconsejable es que si no está de acuerdo con su despido, demande a la empresa, tiene que tener en cuenta , que desde el despido hay un plazo corto, 20 días, para interponer la demanda, previa conciliación.
Podemos asesorarle y presentar la demanda en su nombre
Atte.
Carmen abogada de Málaga
Todo esta mal tienes 20 días hábiles para demandar, su vives en Barcelona puedes contactarme
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Buenos días Jorge,
Para que la empresa pueda despedirle "legalmente" debe alegar alguna de las causas que vienen recogidas en la ley y justificarlas. Es evidente que en su caso el despido podría declararse improcedente a falta de datos más concretos.
Tenga en cuenta que dispone de 20 días para impugnar el despido y de un año para reclamar las posibles cantidades que el empresario le adeude.
por la forma en que le han despedido y cómo están actuando tiene todo el derecho a reclamar. Debe tener en cuenta que dispone de un plazo breve para reclamar.