Es legal solicitar al propietario la condenación del 50% por email?

Realizada por Armando. 30 abr 2020

Se puede solicitar al propietario la condenación del 50% por email, sin documentos firmados? Me interesa más la moratoria, es mejor? cómo me afectará al iva? Gracias.

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Estimado Armando:

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Si desea que estudiemos su caso personalmente no dude en dirigirse a nuestro perfil corporativo de esta plataforma jurídica y le atenderemos con mucho gusto.

Quedamos a su entera disposición. Saludos cordiales.

SdeY Abogados Abogado en Madrid

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Buenas tardes, ese tipo de solicitud no es contraria a ninguna norma del ordenamiento jurídico por lo tanto es legal, otra cosa es que el propietario quiera o deba aceptarla (es decir no le obliga).

Por otro lado, que no haya contrato por escrito no quiere decir que no exista un vínculo contractual entre las partes.

Respecto a su tercera pregunta, siempre será mejor una condonación de la renta que una moratoria, otra cosa es que la moratoria en determinados supuestos se va a poder exigir legalmente y la condonación no.

Un saludo!

David Guardia Abogados Abogado en Madrid

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Buenos días
No especifica usted, si se trata del alquiler de su vivienda habitual o de un local de negocio alquilado , y si su arrendador es un gran propietario o uno pequeño,. porque no tiene el mismo tratamiento según el RDl .
Ademas usted deberá cumplir los requisitos de ser persona vulnerable y acreditarlo, al pedir a su arrendador la solicitud estas medidas.
Si desea asesoramiento puede ponerse en contacto con nuestro despacho
saludos

MGyDAbogados Abogado en Málaga

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