¿Es responsabilidad civil contractual o extracontractual?
Si quiero reclamar al colegio de mi hija porque sufrió lesiones en un ojo en el patio del colegio, debería hacerlo por responsabilidad civil contractual o extracontractual.
Si quiero reclamar al colegio de mi hija porque sufrió lesiones en un ojo en el patio del colegio, debería hacerlo por responsabilidad civil contractual o extracontractual.
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Buenas Tardes Wilma, le informamos que deberá instar reclamación por Responsabilidad Civil extracontractual (art 1903 del CC) contra el Colegio aportando las pruebas que tenga ( testigos, informes médicos, etc). Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Responsabilidad Civil y Seguro. Por otro lado si las lesiones fueron causadas por alguien o por imprudencia también se podría acudir a la vía penal por lesiones imprudentes siendo el
Colegio responsable civil subsidiario, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!
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Hola Wilma, para hacer esa valoración jurídica debe ponerse en contacto con un abogado que valore la situación.
En principio, se puede interponer por via contractual.
Saludos
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Hola Wilma,
En mi opinión, como le dice mi colega, entiendo lo plantearía por RC aunque el trámite es el mismo.
Saludos.
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Estimada Wilma: Discrepo con el compañero, entiendo que se trata de responsabilidad extracontractual por el art. 1903 cc. Coincido con él en que a efectos prácticos sólo varía el plazo. En nuestro despacho somos expertos en responsabilidad civil. Quedo a su entera disposición, un cordial saludo.
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Estima Wilma: Entiendo que se trata de una responsabilidad extracontractual (art. 1903 CC), discrepando de la opinión del compañero. Coincido con él en que la única diferencia a efectos prácticos es el plazo para reclamar. Si desea que le asesoremos en la reclamación no dude en ponerse en contacto con nosotros. Un cordial saludo.
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Estimada Wilma,
Sería un caso de responsabilidad civil extracontractual. Habría que interponer demanda contra el colegio.
En Grupo LaBE Abogados somos especialistas en Derecho Civil, por lo que si tiene alguna duda, puede contactar con nosotros.
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Estimada Sra: en principio, se trataria de un supuesto de responsabilidad civil contractual; salvo el plazo para la interponer la reclamación, el trámite es idéntico. Si precisa mas aclaraciones no dude en contactar con el despacho
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