Estoy a la espera de un embargo: ¿cuánto me pueden embargar?
Mis ingresos netos son de 1,800 y de ese importe pago una pensión de alimentos de 510€. ¿Cuánto me pueden embargar?
Mis ingresos netos son de 1,800 y de ese importe pago una pensión de alimentos de 510€. ¿Cuánto me pueden embargar?
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Según el art. 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, es embargable toda la cantidad superior al salario mínimo interprofesional, no obstante se calcula por tramos. El tramo comprendido entre el SMI y el doble del mismo es embargable en el 30%, de dicha cantidad hasta el triple del SMI, es embargable el 50%. De dicha cantidad hasta 4 veces el SMI, el 60%. De esta cantidad hasta 5 veces el SMI, el 75%, y del resto el 90%.
En los casos de pensiones de alimentos y siempre por orden judicial, no se tendrá en cuenta la limitación del SMI, pudiendo ser embargada.
Esperamos haberle sido de ayuda, para más información contacte con nosotros.
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