Estoy de baja por depresión, ¿me pueden despedir?
Estoy de baja por depresión desde ayer y verbalmente me han despedido, ¿lo puede hacer? La baja ha sido por malos tratos psicológicos de 2 trabajadoras, el jefe y el encargado
Estoy de baja por depresión desde ayer y verbalmente me han despedido, ¿lo puede hacer? La baja ha sido por malos tratos psicológicos de 2 trabajadoras, el jefe y el encargado
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Apreciada señora,
Por lo que vd. explica la forma de proceder de la empresa no ha sido la adecuada.
Deberían de haberle notificado por escrito con una antelación mínima de quince días los motivos de su despido.
Tendría que formularse acto de conciliación ante el SMAC antes de proceder a interponer demanda.
Quedamos a su disposición para darle un asesoramiento adecuado a su caso.
Cordialmente,
Pedrós-Diaz Abogados
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Buenas tardes.
La empresa puede despedir a cualquier trabajador en cualquier situación, si bien se le debe notificar por escrito. Desde esa fecha, el trabajador tiene 20 días de plazo para interponer el CMAC, que es un trámite previo y, después si no ha habido acuerdo, interponer la demanda ante el Juzgado de lo Social.
Si lo desea, puede contar con nuestro asesoramiento.
Bufete De Ávila&Sacaluga.
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Buenos días
El despido se lo deben comunicar de forma escrita con la causa del despido.
Desde la fecha del mismo tiene 20 días para presentar la demanda ante el Juzgado de lo Social, previamente deberá presentar una papeleta de conciliación ante el CEMAC.
Lo mas aconsejable es que se asesore por algún abogado de su confianza
Nuestro despacho es especialista en derecho Laboral, llevamos mas de 20 años asesorando a nuestros clientes.
Quedo a su disposición
Carmen Abogada de Málaga
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El despido tiene defecto de forma y por tanto es nulo y subsidiariamente improcedente si no se lo notifican por escrito.Si no le pagan tiene plazo de 20 días para interponer reclamación ante el Smac, precisará un abogado para una mejor defensa.
Atentamente.
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Si, el despido es libre siempre q paguen indemnización
Debe exigir notificación despido por escrito
Puede pedir indemnización adicional por Daños y Perjuicios
Jaume
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Estimada:
Tiene efectivamente 20 días para reclamar, le aconsejo se ponga lo antes posible en contacto con un abogado que estudie lo sucedido. Tenga en cuenta que el hecho de haber sido despedida estando de baja y si tiene pruebas suficientes de dichos maltratos psicológico se podrían derivar responsabilidades que tendrían que ser dilucidadas en un juicio. Como consecuencia a todo esto se podría dar el caso de la nulidad del despido operado, cuestión esta muy ventajosa para usted.
Quedando a su disposición, atentamente.
ANGEL DIAZ-ABOGADOS.
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Buenas tardes,
El despido debe ser por escrito y expresar las causas en que se basa la empresa para decidir despedirla. El hecho de estar de baja no priva a la empresa del derecho a despedirla, pero siempre por escrito.
En su caso, dado que se encuentra de baja, no deje de remitir a la empresa los partes de confirmación mientras no reciba la carta de despido.
Tras recibir esa carta deberá reclamar contra la misma, primero ante el servicio de conciliación de su comunidad autónoma y luego, en su caso, ante el juzgado, para todo lo cual le recomiendo obtenga el asesoramiento de un abogado.
En nuestro caso, estamos a su disposición en condiciones preferentes para los usuaris de Abogados365.
Saludos cordiales
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Defienda sus derechos demandando ante la jurisdicción social y presentando todas las pruebas de los abusos que denuncia. Saludos
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Buenas tardes.
Lo primero es que un despido no puede ser verbal. Deben comunicártelo con una carta en la que expongan los motivos.
Luego a partir de ahí, habría que ver qué motivos exponen y analizar la posible demanda a interponer.
Ten en cuenta que desde que te comuniquen el despido tienes 20 días hábiles para reclamarlo.
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buenas tardes,
No pueden realizar el despido de forma verbal. Deberán entregar una notificación por escrito, con 15 días de antelación. En dicho escrito deberán expresar las causas que justifican el despido.
A la vista del mismo, podrá formular reclamación por despido improcedente. En primer lugar mediante la interposición de papeleta de conciliación ante el SMAC y si no hay aveniencia, entonces podrá formular demanda ante la jurisdicción social+
Para ampliar información, no dude en contactar con nuestro despacho
Reciba un cordial saludo,
ABG2 abogados
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