¿Estoy obligada a aceptar una obra en mi vivienda de alquiler?

Realizada por MAría. 27 ene 2016 Derecho Inmobiliario

Resido en un piso en alquiler desde hace año y medio, hace unos dias me notificó la agencia que una de las ventanas da un solar donde se va a edificar, me dicen que en unos dias vendrán a tapiarme la ventana, quitar el aire acondicionado y abrirme un velux en el techo. Yo no estoy conforme, trabajo y no puedo estar en la obra, no estan dispuestos a bajar la mensualidad ni a indemnizarme. ¿Qué puedo hacer?

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Si consideramos estas obras como obras de conservación, es decir, para mantener la finca en igual estado en el que tenía cuando se alquiló, el inquilino está obligado a soportar tales obras, aunque le sean muy molestas, y si duran más de 20 días tiene derecho a una disminución de la renta proporcional de la parte de la vivienda de la que se vea privado durante ese tiempo.
No obstante, si cuando se firmó el contrato la propiedad sabía que era inminente la construcción del edificio de al lado y por tanto la necesidad de acometer tales obras, entiendo que tienes derecho a resolver el contrato e incluso pedir una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados, pero siempre tendría que ser a través de la vía judicial, salvo que llegues a un acuerdo con la propiedad, que es lo más aconsejable.
Saludos,
Mª Jesús Alvarez Pérez

María Jesús Alvarez Pérez Abogado en Alicante

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Buenos Días Lucia, le informamos que habrá que estar a lo acordado en el contrato en cuanto a las obras necesarias a realizar. En caso de que no se contemplará, se considerará incumplimiento de contrato y podrá reclamar indemnización y resolver el contrato. Si desea que valoremos su caso con detalle y analicemos su contrato de arrendamiento, en Grech Abogados estaremos encantados de atenderle, venga a vernos!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Si son obras necesarias para el inmueble, su propio contrato ya contendrá una clausula que indica que deberá autorizar entrar en el piso para ejecutarlas.
Pero otra cosa es lo que ud. manifiesta que van a modificar la estructura o configuración del piso. En este caso, deberá hablar con el propietario, para que le compense los perjuicios o tomar la decisión de abandonar esa vivienda por causa justificada.

Angeles Ferreira Abogado en Ourense

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Buenos días

Entiendo que en su caso debe dirigirse al propietario indicando su desacuerdo. Que le tapien una ventana significa, si no estaba en el contrato, que se está modificando e incumpliendo, por lo que usted puede o bien rescindirlo sin coste o bien solicitar una indemnización.

Un cordial saludo
Ignacio Tomás
Abogado

Tomás Doriga Abogado en Barcelona

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