¿Estoy obligada a prestar mis enseres de cocina a mis inquilinos?

Realizada por Francia. 3 ene 2013

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Todo dependerá de lo que vds. pacten en el contrato de arrendamiento. Si consta que el propietario le facilitará al arrendatario mobiliario y útiles de cocina tendrá que prestárselos, ya que así lo han acordado.

Atte.

Despacho de Abogados
Guzmán & Cubero

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

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Los arrendamientos de vivienda pueden ser con o sin mobiliario. En el primer caso se da por supuesto que además de los muebles se entrega la posesión de los utensilios de cocina, pero todo dependerá de lo que hayan especificado en el contrato.

Un saludo,
Cristina Accarino
CAPN Abogados

CAPN Abogados Abogado en Barcelona

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