Vivo con un compañero de piso quien está a nombre del contrato de alquiler y me quiere echar. Yo no figuro en el contrato ni en las facturas, pero le he hecho todas las transferencias a través del banco.
Tengo en el edificio también alquilada una plaza de parking a uno de mis vecinos (también sin contrato y con transferencias a través del banco).
En mi trabajo también tienen registro de que yo vivo aquí.
¿Aún así él me podría echar fácilmente?
¿En caso de que me fuera y él no me quiera devolver la fianza (también pasada por el banco), qué puedo hacer?
Muchas gracias.
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Desde nuestro punto de vista, el hecho de que los pagos se hayan efectuado mediante transferencia, demuestran la relación contractual. Habiendo pues contrato usted tiene los mismos derechos que si tuviera contrato escrito.
Buenas Tardes Stefania, le informamos que no puede hacerlo, y si lo hace debe demandarle aportando las pruebas de dicha relación contractual en el piso, ya que usted tiene hechas transferencias que demuestran la existencia de dicho contrato aunque fuera verbal. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados estaremos encantados de atenderle, venga a vernos!
Buenas tardes
Usted no tiene un contrato de subarriendo por escrito pero sí puede probar que dicha relación existe con los justificantes de las transferencias bancarias que le realiza,ademas como dice también tendrá el del arrendamiento de la plaza de garaje.
Podría llegar a un acuerdo con él, devolviendole la fianza y dandole un plazo para dejar la vivienda, si es lo que usted desea.
Sino,espere a que actúe y defiéndase que tendrá las de ganar.
Espero que esta respuesta le haya sido de utilidad.
Sin otro particular, reciba un saludo
Si tienes las transferencias efectuadas a su nombre, y estas recibiendo amenazas, puedes denunciar a tu compañero, dado que se reconoce el contrato por estar recibiendo una contraprestación por ello, y el contrato tener naturaleza verbal.
Si las transferencias han sido realizadas de manera constante, a la misma cuenta todos los meses y dirigida siempre a la misma persona, se podría probar la relación existente, así como las obligaciones y derebes para co el piso en cuestión. Sería conveniente saber también si en dichas transferencias has indicado un concepto.
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Dolorier & Asociados Abogados
Abogados y Asesores Fiscal, Contable y Laboral
Madrid