Tengo que pagar costas de un juicio contra la comunidad de vecinos. Ahora me dan un plazo de 10 días para recurrir la tasación de costas y puedo recurrir contra posibles partidas o gastos indebidos así como contra posibles honorarios excesivos de abogado y procurador. El total que se me reclama no pasa del 33% de la demanda original.
¿Hay alguna forma de estimar los honorarios adecuados de abogado y procurador?
Gracias
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Buenos días Barca, a la cuestión planteada por Uds., decirle que en la tasación de costas, en un primer lugar habrá que estar a lo que el Juzgado entienda que ha de cobrar el Abogado y el Procurador, con la salvedad de que de conformidad con el artículo 575 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, estas como bien dice Ud., no podrán superar el 30 % de lo que se reclama en la demanda principal. En dichas costas se incluirá entre otras, los honorarios de abogado y los aranceles de procurador, cuyos Baremos que vienen definidos en las Normas Básicas de Honorarios de Abogados del Colegio en cuestión y los Aranceles de Procurador.
Para poder asesorarle con mayor precisión sobre su pregunta, la cuantía de la tasación, si Ud., lo desea remítanos la tasación realizada por el Sr/a Letrado de la Administración de Justicia o la Minuta de Honorarios del Abogado y la Cuenta de Derechos y Suplidos del Procurador para darle o no el visto bueno a los citados documentos.
Para cualquier duda o ayuda que necesite puede ponerse en contacto con nosotros, un saludo.
Buenos días Barca, a la cuestión planteada por Uds., decirle que en la tasación de costas, en un primer lugar habrá que estar a lo que el Juzgado entienda que ha de cobrar el Abogado y el Procurador, con la salvedad de que de conformidad con el artículo 575 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, estas como bien dice Ud., no podrán superar el 30 % de lo que se reclama en la demanda principal. En dichas costas se incluirá entre otras, los honorarios de abogado y los aranceles de procurador, cuyos Baremos que vienen definidos en las Normas Básicas de Honorarios de Abogados del Colegio en cuestión y los Aranceles de Procurador.
Para poder asesorarle con mayor precisión sobre su pregunta, la cuantía de la tasación, si Ud., lo desea remítanos la tasación realizada por el Sr/a Letrado de la Administración de Justicia o la Minuta de Honorarios del Abogado y la Cuenta de Derechos y Suplidos del Procurador para darle o no el visto bueno a los citados documentos.
Para cualquier duda o ayuda que necesite puede ponerse en contacto con nosotros, un saludo.
Buenas Tardes Barca, le informamos que usted dentro del plazo legal de 10 días que tiene para impugnarlas puede si no están bien calculadas, se crearía un incidente y en el caso de no serlo usted podría pedir costas a la contraria. De todos modos si usted tiene letrado consúltelo con el. Si desea que pidamos la venia y nos encarguemos del caso, en Grech Abogados estaremos encantados de atenderle, venga a vernos!
Póngase en contacto con su Abogado y Procurador y que le indiquen si las minutas que le presentan los contrarios son excesivas o indebidas y de considerarlas, impúgnelas.
En la tasación d costas está lo que el Juzgado entiende que ha de cobrar el Abogado y el Procurador; si han cobrado de más en principio podría reclamarse la factura pero dudamos que la Comunidad o el Administrador estén a favor de este recurso.