Extinción del contrato por art. 50 ET. ¿Tendría efecto al entrar en concurso?
Mi empresa me debe la paga extra de diciembre y las nóminas de marzo (15 días), abril, mayo y junio.
En marzo estuve de baja (16 días), solicité el pago directo a la mutua y ya me han abonado los días de incapacidad temporal.
La empresa presentó la solicitud de concurso de acreedores a mediados de mayo.
Ya le han adjudicado juzgado mercantil pero todavía no se ha admitido a trámite.
Ya he presentado los papeles para la medición por reclamación de cantidad que será la semana que viene.
¿Podría solicitar la extinción del contrato aplicando el art. 50 del Estatuto de los trabajadores o no tendría efecto al entrar en concurso de acreedores?