Facturas impagadas de teléfono
Tengo varias facturas de sin pagar. Tengo que pagar las costas del juicio al ser monitorio. Cobro 565 euros.
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Buenas tardes, si las deudas que dan origen al juicio monitorio no alcanzan el importe de 2000 euros, no podrá ser condenado en costas, pues la intervención de abogado y procurador no es obligatoria.
Un cordial saludo.
Abogadosarenas.
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Los monitorios sin oposición no tienen costas.
Si necesita ayuda. Quedo a su disposición.
Carlos Iglesias- Abogado
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Primero, seria saber cuál es la cuantía (importe) reclamada ya que si es inferior a 900,00 € no se precisa abogado y procurador, por lo que siendo preceptivo no cabría la condena en costas
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Buenos días Carlos,
Para responder correctamente a su pregunta necesitamos conocer más datos. No obstante, decirle que si la deuda es menor que 2000 euros, no es necesario contratar abogado y procurador y puede presentar la oposición usted mismo. En caso de que no se oponga, se le embargarán las cuentas y bienes que figuren a su nombre. Quedamos a su disposición.
Saludos cordiales,
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Si ha recibido una demanda de proceso monitorio, tiene dos opciones o abonar la deuda y el proceso se archiva u oponerse y se transformaría en el procedimiento declarativo que corresponda según la cuantía.
Si la cuantía supera los 2000 euros, si se opone, se celebraría un juicio y en ese caso precisaría de la asistencia de abogado y procurador, y de ser condenado tendría que abonar las costas de los profesionales intervinientes.
Atte.
Despacho de Abogados
Guzmán & Cubero
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Buenos días.
Para darle una respuesta certera debemos conocer algo mejor la situación y circunstancias. En términos generales, si la deuda del procedimiento monitorio es inferior a 2000€ no será necesario los servicios de abogado y procurador, pues puede oponerse usted mismo y no habrá condena en costas. Si no se opone se dictará auto que podría ser ejecutado por el acreedor para cobrarse la deuda embargándole sus bienes, cuentas y salario.
Si desea conocer mejor las consecuencias o le interesa que negociemos en su nombre la deuda no dude en contactar.
Un saludo.
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Buenos días.
Para darle una respuesta certera debemos conocer algo mejor la situación y circunstancias. En términos generales, si la deuda del procedimiento monitorio es inferior a 2000€ no será necesario los servicios de abogado y procurador, pues puede oponerse usted mismo y no habrá condena en costas. Si no se opone se dictará auto que podría ser ejecutado por el acreedor para cobrarse la deuda embargándole sus bienes, cuentas y salario.
Si desea conocer mejor las consecuencias o le interesa que negociemos en su nombre la deuda no dude en contactar.
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