Grabación y distribución vídeo menores en comunidad vecinos.
Realizada por ENRIQUE BLANCO. 1 oct 2015
Un vecino ha grabado a un grupo de niños menores de edad (el mayor de ellos no llega a los 13 años), jugando con la pelota en el interior de la urbanización y ha enviado dicho vídeo al presidente y administrador.
¿Es legal que realice dicha grabación y el hecho de su distribución a terceras personas? No existe ni autorización ni comunicación previa a la comunidad de la autorización para grabar ni nada al respecto.
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Sin ver los videos y de manera genérica te puedo indicar que según la LO 1/82 La captación, reproducción o publicación por fotografía, filme o cualquier otro procedimiento, de la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada o fuera de ellos. En caso de Menores, el consentimiento debe ser dado por los padres o tutores.
Por lo tanto contestando a tu pregunta, No es legal grabar a nadie, y mucho menos a menores, sin el consentimiento de este, siempre que en dichas grabaciones se pueda identificar claramente a la/s persona/s que aparezcan en el video.
Buenos Idas Enrique, le informamos que sin el permiso de los padres no puede grabarse a los menores. Si desea que valoremos su caso con detalle, venga a vernos, En Grech Abogados estaremos encantados de atenderle.