¿Hasta cuando tengo que seguir pasando pensión alimentos a hijos?

Realizada por Luis. 22 abr 2015

Valencia capital

Divorciado y paso pensión alimentos hijos por decisión judicial

Mi hija tiene 27 años y mi hijo 26. Gracias

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No estoy del todo de acuerdo con las respuestas de mis compañeros. Hay que distinguir entre contribución a las cargas del matrimonio y alimentos en caso de separación o divorcio de los alimentos entre parientes. En el primer caso los alimentos se pagan al cónyuge que tiene los hijos en su compañía, en el segundo, los hijos pueden exigirlos a sus (ambos) padres, si los necesitan. Ocurre que no puede usted dejar de pagar los alimentos por el mero hecho de que sus hijos hayan alcanzado determinada edad, a no ser que en el convenio regulador o en la sentencia se les haya dado un límite temporal (hasta que alcancen determinada edad), por lo que deberá usted interponer una demanda de modificación de medidas, por cambio de las circunstancias tenidas en cuenta cuando se acordaron. A la edad que tienen sus hijos, y aunque convivan con su madre, la demanda podría prosperar total (eliminando la pensión) o parcialmente (disminuyendo la pensión) si sus hijos tienen ingresos propios. Y no es necesario, entiendo, como señala un compañero, que tengan trabajo fijo (¿quién lo tiene hoy en día?) sino que bastaría conque trabajasen siquiera temporalmente y luego cobrasen subsidio de desempleo u otros. Ello se acreditaría en el juicio con la prueba pertinente (Declaración de renta, Informe de Vida Laboral, Informe del Servicio de Empleo, etc.) que su abogado puede solicitar en el procedimiento. Porque, y puede ser el caso, que sus hijos vivan a pensión completa gratis con su mamá, mientras gastan en fines de semana y fiestas lo que ganen con sus trabajos mientras usted las pasa canutas. y siendo así, para rato se le independizan, buen hombre.

Abogado Juan Bautista Abogado en Pamplona/Iruña

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Buenos días:
En principio es correcto que hasta que sus hijos no sean económicamente independientes por incorporarse al mercado laboral, y estén estudiando, debe usted seguir pasando dicha pensión, ahora bien, si sus hijos no se toman en serio sus estudios, o bien no desean estudiar ni trabajar, puede judicialmente retirarles dicha pensión. Tiene mi despacho a su disposición, sito en Murcia aunque trabajo para toda España. La primera visita es gratuita.
Reciba un cordial saludo.

Myriam Arboledas Abogado en Murcia

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En primer lugar, hay que leerse la sentencia de divorcio, para ver lo que determina el juez al respecto.
En segundo lugar, en principio, hasta que sus hijos sean autosuficientes. Es decir, independientes económicamente (trabajo fijo, que les permita un mínimo de medios de subsistencia), siempre que ellos, tanto si están estudiando como buscando trabajo, pongan todo lo necesario para aplicarse en esa tarea.
No vale, salvo que venga en sentencia, aquello de mis hijos ya han cumplido 18 años y son mayores de edad.

Juan García Barranco Abogado en Córdoba

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Buenas tardes Luis,

El código civil dispone que se debe seguir pasando pensión a los hijos hasta que éstos sean independientes económicamente, sin especificar la edad. Eso sí, si la falta de independencia de los hijos proviene de una mala conducta en concepto amplio, cuando se demuestra que los hijos no tienen intención de independizarse económicamente demostrable con una búsqueda activa de trabajo. Con lo cual, se puede solicitar, por los supuestos antes indicados, paralizar dicha pensión.

Podemos encargarnos de toda la tramitación y de brindarle un asesoramiento personalizado.

Visite nuestra web y perfil del facebook para más detalles sobre nosotros.

Un saludo,

Anónimo-226992 Abogado en Madrid

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Buenos Dias, le informamos que usted esta obligado a pasar alimentos hasta que los hijos sean legal y económicamente independientes. si desea que valoremos su caso, en Grech Abogados somos expertos en Derecho de Familia, escríbanos o venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!!!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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