¿Hay alguna forma de que la casa pase a ser de mi propiedad? ¿Soluciones?

Realizada por Juan. 22 oct 2013

Tras haber estado pagando las contribución el agua y la luz de una casa en estado ruinoso durante más de 30 años, de la cual yo soy propietario de una cuarta parte, y los demás propietarios se desentienden de la casa. He pagado durante 30 años una cantidad de dinero, en contribuciones agua y luz, que no sé si recuperaré (tengo en mi poder todos los recibos de todos los pagos) ¿Hay alguna forma de que la casa pase a ser de mi propiedad?

Muchas gracias,

Juan.

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Buenas tardes Juan.
Usted puede instar dos tipos de procedimientos. Uno es la reclamación de las cantidades pagadas a los copropietarios y otro es la división del condominio.
Se trata de valorar cual es más beneficioso para usted.
Si lo desea puede contactar con nosotros para ampliarnos información y así poder orientarle mejor e incluso poderle llevar el caso. Saludos.

A.llei Abogado en Sabadell

621 respuestas

835 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Puede usted comprar su parte a los demás copropietarios o bien pedir la división judicial de la cosa común. En el caso de inmuebles, si no hay acuerdo, se venderá en pública subasta, en la cual tendrá usted derecho de tanteo. En todo el proceso, cabe recurrir a la mediación como sistema alternativo y más barato que la vía judicial. El acuerdo puede elevarse a escritura pública ante notario, con plenos efectos legales. Todo esto a grandes rasgos. Para mayor información, póngase, sin compromiso, en contacto con el bufete.

Esdeley Abogado en Madrid

195 respuestas

227 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

La acción para reclamar esos pagos tiene fecha de caducidad. Interponga la cuanto antes contra los mismos y lleve el procedimiento hasta la subasta del inmueble, ahí se la podrá adjudicar, si es que no llega a un entendimiento antes. Hay otra vía, que es solicitar al juez la división judicial y adjudicación, pero en ese caso usted pagaría mas.

Gómez Salvador Abogados Abogado en Pamplona/Iruña

7 respuestas

5 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

Esta consulta ya existe

Por favor, utiliza el buscador para conocer la respuesta

abogados 10750

abogados

preguntas 32600

preguntas

respuestas 62700

respuestas