herencia

Realizada por maria. 10 may 2012

estoy divorciada, con sentencia fecha 13 de junio de 2011. No se ha hecho liquidación de gananciales, ya que seguimos viviendo juntos. Si falleciese mi ex, no tenemos hijos, ¿quién se queda con la propiedad de la vivienda?

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Si no habéis liquidado la sociedad ese piso sigue siendo de los dos. Si él fallece su parte pasará a sus herederos legales.

Valletrados & Asociados Abogado en Zaragoza

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Buenos días, efectivamente usted no es heredera del fallecido, puesto que los herederos forzosos solo son Descendientes, ascendientes y cónyuge. Aún así al deber realizar previamente la liquidación de gananciales caben negociaciones con los herederos que pueden beneficiar sus intereses.

Nuestro despacho esta en Pozuelo de Alarcón, Madrid quedamos a su entera disposición para lo que necesite. Un saludo.

Miranda Abogados Abogado en Pozuelo de Alarcón

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En respuesta a su pregunta decirle que, le corresponde únicamente el 50 % de la vivienda en pleno dominio. El otro 50 % les corresponderá a los herederos legales de su marido, que si no tiene hijos son los padres y sino tiene ascendentes pasaría a los hermanos de su ex marido.

Puedo ponerse en contacto con nuestro despacho a través de abogados365.com

Rosario de la Llana Corral - Abogado Abogado en Zaragoza

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Un 50% del piso es tuyo en propiedad, del otro 50% tendrías el usufructo. siempre y cuando el piso estuviera dentro de la sociedad de gananciales y no fuera privativo de tu ex.

Abogados Almo Abogado en Sevilla

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María, por el hecho de estar divorciada pierdes los derechos hereditarios en la herencia de tu esposo. Al fallecer, la sociedad de gananciales queda disuelta por fallecimiento y los herederos tendrían derecho únicamente derecho al 50% de la propiedad de los inmuebles.

MOYA Y GIMENO ABOGADAS Abogado en Badalona

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Si fallece su ex marido, en su herencia deberá procederse a la liquidación previa de los gananciales; y si la casa lo es, la mitad será de usted. por otra parte y no teniendo hijos, debería su ex, ya que parece que se siguen llevando bie, hacer testamento a su favor, puesto que después del divorcio usted pierde sus derechos sucesorios, pero ello no impide que en testamento su ex le pueda nombrar heredera o legataria. De lo contrario, de no tener testamento, la herencia irá a sus herederos legales, padres,o hermanos, o parientes,

Y por último y aunque no lo plantea, tenga en cuenta que si se ha divorciado, y no ha acordado a su favor pensión compensatoria, tampoco tendrá derecho a pensión de viudedad.

Saludos,
Z & A

Zulueta Abogado en Madrid

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Estimada Sra,
Le corresponde únicamente el 50 por ciento de la vivienda. El otro 50 por ciento les corresponderá a los herederos legales de su marido, que si no tiene hijos son los padres y, si estos fallecen, serán hermanos o sobrinos. En cualquier caso, le recomendamos que se anticipe a este posible problema que pueda tener si su pareja fallece y le proponemos que se asesore en nuestro despacho, ya que es fácil la solución jurídica que tiene su asunto para que en un futuro ne tenga ningún problema. Nosotros se lo solucionamos. Solicite una cita en nuestro despacho de manera gratuita y le asesorará el titular del despacho, Carlos Bachofer, personalmente.

Bachofer Abogados Abogado en Madrid

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Buenos días, es necesario saber todo sobre su situación y la documentación que tienen de esta
situación (testamento, deudas...) Puede ponerse en contacto con nosotros a través de abogados365.com
Reciba un cordial saludo.

Solorzano Abogados Abogado en A Coruña

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En primer lugar, como estabais casados en régimen económico matrimonial de gananciales, tenemos que partir de la premisa de que la vivienda pertenece a ambos cónyuges al 50%. Por tanto, la mitad que es del marido, la heredará la persona que haya designado el cónyuge fallecido en su testamento. A falta de testamento, la sucesión se practicaría en favor de los ascendientes del fallecido, puesto que no tiene hijos. Por el hecho de estar separados en el momento del fallecimiento, la ex - esposa no tendría derecho al usufructo de la mitad de la vivienda del esposo fallecido.

Libera Lex & Law - Mª José Aragó Domingo Abogado en Valencia

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Estimada Maria,

Al estar divorciados, le corresponde solo el 50% de la vivienda. Si falleciese su ex, la otra mitad le correspondería a su legitima, en el caso de que no tiene hijos, se dirigíria a los padres.

Puede ser que en el testamento el decida que vaya a un tercero.

Un cordial saludo.

Abogados Vea Abogado en Logroño

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El 50% de la vivienda sería de cada cónyuge por la liquidación de la sociedad conyugal. Sobre el otro 50%, como están divorciados y no tienen hijos, heredarían los padres y, a falta de éstos, los colaterales (hermanos, sobrinos),

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Estimada señora:

Primeramente se haría la liquidación de gananciales, al quedar disuelta ésta a consecuencia del eventual fallecimiento de su esposo; en esa liquidación a usted se le adjudicaría la mitad proindivisa de la vivienda, sin perjuicio de su cuota viudal usufructuaria.

Quedamos a su disposición.

Projur Abogado en Madrid

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Buenos días,

el divorcio disuelve la sociedad de gananciales, por lo tanto, desde dicho momento, son ustedes propietarios del 50% de la vivienda, y puesto que usted ya no es su esposa, no existe la legítima consistente en el usufructo de los bienes de su exmarido.

El 50% de la vivienda propiedad de su marido pasaría a los heredereos por él designados en testamento, y en ausencia del mismo, a sus heredereos legales: ascendientes, hermanos, tios.

Podría quedarse viviendo en el inmueble si los herederos se lo autorizan, e incluso podría tener que acabar pagando un alquiler sobre el 50% de dicha vivienda.

Afede, Alianza Franco Española De Abogados De Empresa Abogado en Salamanca

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Depende de como se adquirió esa vivienda y en que condiciones, si sigue siendo de la sociedad conyugal quiere decir que es de los dos, el 50% suyo en caso de fallecimiento pasaría a sus herederos legales.

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Hola María,

Si no hay hijos, constituye la legítima de padres o ascendientes, la mitad del haber hereditario de los hijos y descendientes, salvo que concurran a la herencia con el cónyuge sobreviviente, en cuyo caso, les corresponderá un tercio.

Si no hay testamento, y uno fallece, el código Civil dice que: "En defecto de ascendientes y descendientes, sucederá en todos los bienes del difunto el cónyuge sobreviviente"

En caso de que haya testamento, hay que estar a lo que se diga en el mismo.
Un saludo.

Ana Pérez Pérez- Gabinete Jurídico Abogado en Huércal-Overa

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Es mejor que hagáis la liquidación cuanto antes. Pero en el caso de que falleciera tu ex pareja, sería su parte para sus familiares, ya que sí que estáis divorciados.

Saludos,

ROMAVIPE ABOGADOS

Romavipe Abogados Abogado en Aldaia

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Estimada señora:

Según comenta usted está divorciada por sentencia, lo cual tiene como efecto la disolución del régimen económico matrimonial aunque este no esté liquidado. Supongo que en dicho proceso de divorcio aunque la comunidad de gananciales no se haya liquidado, pero en el convenio regulador que se debe de incluir en dicha demanda de divorcio, se habrá indicado algo con respecto al uso de la vivienda familiar. Por consiguiente hay que estar a lo que en su día se estipuló en dicho convenio regulador. Desconozco el mismo y por consiguiente desconozco las condiciones con respecto a la vivienda familiar (atribuida a uno de ustedes o al 50%, lo desconozco y por ello es necesario saber dicho dato para poder resolver su cuestión de forma fehaciente).

Un saludo.

PURIFICACION GARCIABOGADA Abogado en Toledo

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Buenos días,

estando divorciados ya, se ha disuelto la sociedad de gananciales, por lo tanto, independientemente de la liquidación, el 50% del piso es propiedad exclusiva de su esposo.

Si éste falleciera, usted es propietaria de dicho 50%, y el resto pasaría a sus herederos legales: descencientes (que no existen), ascedientes ( que pueda que no existan), o se abre la vía colateral (hermanos, tíos,...).

Esto sería en caso de no existir testamento, porque si lo hubiera, su ex marido puede dejar sus bienes a quien quiera, al no exitir legítimas.

Afede, Alianza Franco Española De Abogados De Empresa Abogado en Salamanca

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Hola María:

Depende de si tiene hecho testamento o no, en el primer caso hay que estar a las disposiciones del mismo; en el segundo, heredarían a falta de descendientes los ascendientes (padres) y a falta de éstos, los colaterales (hermanos, sobrinos), finalmente el Estado.

Un cordial saludo.

Isidro Gómez - Abogado Digital

Abogado Digital Abogado en Bilbao

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Estimada cliente, los bienes gananciales se suponen al 50% y los privativos de cada uno, en caso de fallecimiento de su ex marido, heredarán sus padres.

Un saludo.

Alonso & Pons, Abogados Abogado en Valencia

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Buenos días María:

En primer lugar indicarle que si la vivienda tiene carácter ganancial, la mitad de le corresponde a usted por lo que no entraría a formar parte de la masa hereditaria de su ex.

Por otro lado, si él fallece sin testamento, al no tener hijos, los herederos serían sus padres. Usted y él ya no están casados por lo que no tiene derecho a nada. Eso sí, si él hace testamento podría dejarle a usted sus bienes, a excepción de la mitad de la masa que le correspondería a sus progenitores obligatoriamente.

Reciba un cordial saludo,

Teresa Rodríguez Magdaleno, Abogada Abogado en Avilés

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Estimada María: La esposa no es hereda legítima del marido, simplemente tiene derecho a un usufructo; pero una vez divorciada Vd. no es esposa de ese señor y por lo tanto no es heredera de nada en caso de que falleciera, salvo que ese señor haya otorgado testamento y le haya dejado algún bien.

El hecho de que no se haya liquidado la sociedad de gananciales en nada influye.

Quedamos a su disposición.

Atentamente ELEJABEITIA ABOGADOS.-

Elejabeitia Abogados Abogado en San Bartolomé de Tirajana

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Buenos días María:

En primer lugar, decirle que el 50% de la casa es suya, por lo que en la herencia de su marido entraría en juego la otra mitad. Si él no tiene hecho testamento, su masa hereditaria pasaría a sus padres al no tener hijos (serían considerados herederos legítimos). En caso de que sí haya otorgado testamento podrá dejar sus bienes a quien quiera pero respetando la legítima que le corresponde a sus padres, que en este caso supondría la mitad del total, ya que ustedes están divorciados.

Reciba un cordial saludo,

Teresa Rodríguez Magdaleno, Abogada Abogado en Avilés

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