Mis padres han fallecido los dos, el último fue mi padre hace 4 años, no dejando ningún bien que heredar.
Ahora comienzan a llegar cartas de impuestos de contribución y de haciendo sobre una finca que vendieron mis padres hace 30 años mediante contrato privado y de la cual la persona que la adquirió, no realizo su escritura , por lo que la finca consta a nombre de mi padre.
¿Se puede renunciar a la herencia para estar libre de impuestos ya que no hemos heredado nada?
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta le ha sido útil a 1 personas
Pueden y deben renunciar a la herencia, o incluso aceptarla a beneficio de inventario (si hubiera algún bien más) que quiere decir que sólo aceptan la parte sobrante de beneficio, si lo hubiera, después de liquidadas las deudas.
Contacte con nosotros (en el teléfono o e-mail que figuran en nuestro perfil profesional) y estudiaremos su caso. Saludos cordiales.
Buenos dias,
Comentarle que las deudas que existan respecto de otro comprador de buena fe, no les corresponden a Uds.
Las viviendas no es obligatorio inscribirlas en contra de la Leyenda Urbana que existe sobre la legalidad de la misma.
Los tributos corresponden a la finca y asi seran pagados en su momento, por lo que si su Padre vendio la finca y existe justo titulo al efecto, Ud nada podra reclamar ni tampoco le podran reclamar.
Los bienes restantes, si existen, corresponderan a la Legitima si hay algo al respecto.
Siempre se puede aceptar el la Herencia a Beneficio de Inventario, con lo cual Ud nunca pagara nada, si no queda nada que repartir..
Para aquello que necesitara, quedamo a su disposicion.
Iglesias Rodriguez,Abogados - . Saludos