Hija en común con 21 años y estudiando. ¿Hasta cuándo debe pasar la pensión?
Realizada por Nicole. 19 feb 2013
Hasta enero hemos estado pasando una cantidad a nuestra hija de 150 euros cada uno. Pero en Navidades discutieron por causa de la nueva mujer de su padre y llegaron a las manos. Ahora, en Febrero, él se niega a seguir pasando la pensión, a lo que yo le digo que, aunque estén enfadados, es una obligación que tiene. Le amenazo con solicitar abogado de oficio y empezar los trámites para demandarle, pero antes quisiera me aconsejaseis. ¿Hasta cuándo tiene obligación de pasar la pensión?
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta le ha sido útil a 0 personas
Si la pensión se ha decretado en un proceso judicial en principio la obligación no cesa hasta la finalización normal de los estudios universitarios o de otro tipo, en un tiempo prudencial (el normal para ese tipo de estudios) o bien hasta su hijo tenga ingresos suficientes que le permitan ser económicamente autónomo. No se consideran los ingresos esporádicos que pueda tener de actividades puntuales.
Si tiene sentencia de Alimentos, es el hijo el que tiene que instar la ejecución de esa sentencia o en su defecto autorizarla a Ud. para hacerlo.
Dependerá de las necesidades de la hija y de las posibilidades del alimentante. En general cuando termine sus estudios y acceda al mundo laboral o tenga vida independiente.
La obligación de pago de alimentos sigue vigente y está obligado a ello hasta que se produzca una modificación sustancial de las causas que en este caso no se ha producido. En hijos mayores se habla de una "emancipación económica" que viene a ser una entrada más o menos consolidada en el mercado laboral (contratos fijos, varios contratos de trabajo, trabajo con plazo significativo en más de una empresa pero no un simple contrato de prácticas de tres meses).
Por tanto cabe reclamar judicialmente el impago de la pensión.
Hasta que su hija tenga vida independiente, el padre estará obligado a pagar la pensión de alimentos. En caso de incumplir voluntariamente se le puede denunciar penalmente.