Buenas tardes.
Resido en Barcelona y estoy divorciado. Mi ex-mujer tiene al custodia de nuestros hijos y después de separarnos pidió una hipoteca para comprar una casa donde vive con mis hijos y su actual pareja.
Me pide que me haga cargo de una parte de la cuota de la hipoteca, en concepto de vivienda e incluirlo en la pensión alimenticia.
Argumenta que ese es el gasto que tiene para que mis hijos tengan una vivienda son de residir y que por tanto yo me tengo que hace cargo de una parte.
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Vd. únicamente debe abonar la cuantía establecida en concepto de pensión de alimentos.
Si su ex considera que Vd. ha mejorado económicamente respecto a cuando se dictó el divorcio, podrá solicitar un incremento de la pensión de alimentos.
Por otro lado, respecto a la vivienda en que reside, quien debería contribuir a los gastos de la misma sería su nueva pareja, ya que es quien usa y disfruta de la casa.
Usted únicamente debe asumir la cantidad a la que se ha comprometido. En el momento es que se fijó la pensión de alimentos, ya se tuvieron en cuenta su capacidad económica. Seguramente usted no participó tampoco en la decisión de la hipoteca, por lo que es un coste que asumió su ex-mujer unilateralmente y una mejora en la calidad de vida de sus hijos, supuestamente, en la que usted no ha participado.
Buenos días,
Salvo que el convenio o la sentencia así lo estableciese, si usted no es titular de la vivienda ni del préstamo hipotecario no tiene obligación de satisfacerlo.
La pensión de alimentos se paga precisamente para contribuir a la manutención de los menores. La vivienda que adquiera a su nombre el progenitor custodio con posterioridad al divorcio no tiene que ser sufragada por ambos.
No dude en ponerse en contacto con nosotros si podemos serle de utilidad.
Un saludo.