Mi pareja y yo hemos cogido una cartera de Zara por valor de 19.95€. Nos pillaron y lo devolvimos antes de salir de la tienda. No tenemos antecedentes y nunca hemos tenido un juicio. No quitamos alarma. Nos han condenado a pagar una multa de 8€ al dia durante 2 meses, a cada uno. Total entre los dos 960€. ¿Esto es normal? No llevábamos abogado. Nuestros ingresos son inferiores a 700€/mes. ¿Podemos hacer trabajos sociales? España( Málaga) Gracias.
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Estimada Luna, al igual que mi colega resulta asombroso la cuantía de la multa que les han impuesto, ya que atendiendo al valor del bien sustraído y la situación económica vuestra no debieron ser juzgado con esa cuantía de multa. No obstante para este tipo de sanción no cabe sustitución de pena como la de trabajo en la comunidad, sólo tienen derecho a solicitar por escrito, probando documentalmente su situación económica, que les permitan pagar la multa a plazos y acordar con el Juzgado los plazos. Un saludo cordial, Lic. Rebeca Pérez Ramos, Abogada.
Buenos días, lo más urgente sería ver la fecha de notificación de la sentencia ya que teneis 5 días para recurrirla y en este caso parece aconsejable hacerlo para discutir la pena (delito es en grado de tentativa, escaso valor de lo hurtado, vuestra capacidad económica etc). En cualquier caso el artículo 53.1 del Codigo penal establece que en caso de impago de los días multas hay responsabilidad penal subsidiaria de 1 día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfecha, si bien tratándose de delitos leves (como es el caso) este castigo sustitutivo se puede cumplir con localización permanente o mediante trabajos en beneficio de la comunidad. Por tanto si no podéis pagar sí habría trabajos o localización permanente. Lo suyo es que os pongáis en contacto con un abogado que os lleve el recurso y después la ejecución.
En primer lugar, debo expresar mi indignación por el hecho de que les hayan impuesto una multa tan elevada, porque normalmente se tienen en cuenta varios factores a la hora de establecer su cuantía:
- Valor de lo hurtado
- Capacidad económica del autor de los hechos
Pocas veces he visto una cuantía tan elevada, teniendo en cuenta los ingresos que usted nos relata. En cualquier caso, salvo mejor criterio, no se puede sustituir la pena impuesta. Pero sí pueden solicitar el fraccionamiento de la multa en x plazos de y € cada uno mediante escrito que han de enviar al Juzgado que les impuso la citada pena.