He firmado las nóminas de noviembre y diciembre y la empresa todavía no me ha pagado. Como hay pocos alumnos (la empresa es una academia) dicen que no tienen fondos. ¿Existe algún medio que me permita obligarles a pagar? Siempre me pagan en mano, no en ingreso en cuenta bancaria. Por otra parte ¿qué debo hacer los próximos meses? ¿Incorporarme al trabajo sabiendo que no me van a poder pagar a fin de mes? ¿Puedo acudir a Magistratura si así sucede?
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Gracias por sus respuestas. Mi duda es la siguiente: Si ya he firmado las nóminas de noviembre y diciembre ¿tengo derecho a que me las paguen? Porque, al estar firmadas, figuran como pagadas por su parte y percibidas por la mía, así que no sé si tengo derecho a reclamarlas. Reconozco que firmarlas fue un error por mi parte, por exceso de confianza en ellos, ya que llevo trabajando en la empresa más de seis años. Este error me coloca en una situación de indefensión, pues ellos pueden alegar que esas nóminas ya están pagadas, actuando, en conciencia, de mala fe y, de esta forma, al romperse el vínculo de confianza, lo que buscan es que yo me vaya de la empresa, lo cual les conviene, ya que tengo un contrato indefinido y este error se lo facilita totalmente. De esta forma, no tendrán que indemnizarme ni tramitar el subsidio de desempleo, además de quedarse con un dinero que no es suyo, es decir, robarme. ¿Qué puedo hacer? Por otra parte ¿pueden negarse a darme trabajo, aduciendo que hay pocos alumnos, para que no vaya a la academia la próxima semana? ¿Cómo se extinguiría la relación contractual y laboral con ellos, en ese caso? ¿Qué debo hacer si no me llaman para trabajar? Muchas gracias.
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Por su parte tiene que cumplir lo estipulado en el contrato de trabajo, y en caso de impagos tendrá que demandar en el Juzgado de lo Social a la Academia por los salarios impagados, e igualmente, podrá demandarla solicitando la rescisión del contrato de trabajo por los retrasos continuados e impagos en que ha incurrido.
Hola María, lo mejor es que sigas trabajando y que te plantees el reclamar esas nóminas impagadas, sobre todo antes del transcurso de un año, pues de lo contrario prescribirán.