Imposibilidad de pago de manutención por alimentos
Realizada por Ana Gallardo. 11 jul 2012
Mi pareja se ha quedado en paro...cobrará unos 500 €. Tiene que pagar 285 por manutención de un hijo más la mitad de la hipoteca de la vivienda donde el niño vive, unos 135€.
Yo llevo un año en paro y ahora trabajo 4 horas al día por 500€. Pagamos 350€ de alquiler, luz, agua, gasolina, seguro coche, seguro moto... Tenemos un niño de 3 años. ¿Cómo podemos afrontar el pago de la manutención?
Su ex pareja trabaja y está en buena posición (se acaba de comprar un vehículo de alta gama). ¿Deja de pagar? ¿Dónde podemos acudir?? Por favor, ¡¡necesito ayuda!!
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Se puede dejar de pagar la manutención de los hijos sin son mayores de edad.
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Él puede pedir una modificación de medidas y con el ingreso de 500€ mes la pensión de alimentos le bajaría a 100€, y a parte pagar el 50% de la hipoteca hasta que decida no pagarla porque no puede y se deje perder la vivienda poco más.
Muchas gracias a todos los abogados que me han contestado. Evidentemente, viendo todas las respuestas, el camino es sólo uno y ya estamos en ello.
Muchísimas gracias.
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Ante todo, desconozco qué tipo de acuerdo y cómo han llegado.
Al no poseer una situación económica adecuada, deben de acudir a la justicia gratuita si reúne los requisitos para pedir la modificación en la manutención y con el reconocimiento en el auto de la situación actual, solicitar ayuda inmediata de los niños a los servicios sociales, si ya no lo han hecho.
Resulta indudable que su pareja debe inciciar un procedimiento de modificación de medidas alegando el cambio de circunstancias respecto al tiempo en que se fijó ese importe de pensión de alimentos, al objeto de interesar la reducción. Dicha demanda debe ir con abogado y procurador, e incluso en la misma se puede solicitar la adopción de unas medidas provisionales que resuelvan antes que la definitiva el importe de alimentos que debe proporcionar.
Si no cuenta con recursos puede solicitar un abogado de oficio en el Colegio de Abogados de su provincia. En todo caso, en el seno del procedimiento, debe acreditar la disminución de ingresos de su pareja y la imposibilidad de afrontar ese importe de pensión, y por ende, las dificultades económicas de Ustedes en relación con su propia situación laboral, la existencia de otro hijo, los gastos que afrontan de alquiler, e incluso la buena situación económica de la ex de su pareja.
Le aconsejo que si deciden solicitar un abogado de oficio, lo hagan lo antes posible, pues en Agosto, posiblemente esté más ralentizado ese trámite colegial, amén de que una vez designado el profesional, no podrá inciarse el procedimiento con demanda en Agosto por ser mes inhabil.
Deben iniciar un procedimiento de modificación de medidas para poder reducir la pensión de alimentos. Dada la situación económica en la que se encuentra, podrá solicitar asistencia jurídica gratuita.
Le aconsejo que acuda al Juzgado donde se dictó la sentencia, solicitando un abogado de oficio a fin de interponer una demanda de modificación de medidas.
Quedo a su disposición para cualquier duda o aclaración,
En el caso de que su pareja haya ido a peor fortuna respecto a las condiciones que tenía cuando se dictó sentencia, para reducir la pensión de alimentos debe interponer demanda de modificación de medidas definitivas de la sentencia.
Lo que debe de hacer es solicitar una modificación de las medidas acordadas, acreditando su situación económica actual, en comparación con la que tenía al tiempo de acordarse las mismas.
Dicha modificación ha de hacerse en el Juzgado con Abogado y Procurador de no disponer de medios, puede solicitar uno de oficio.
La solución viene por la interposición de un procedimiento de modificación de medidas, solicitando a su vez en el mismo medidas cautelares para que se resuelva, aunque sea provisionalmente, con la mayor celeridad posible. Eso, si no llegaran a un acuerdo previo, que parece que no es posible, por lo que comenta.
¿Están separados por mutuo acuerdo o judicialmente?, si es así, lo que tenéis que hacer es solicitar ante el juzgado una modificación de medidas de la separación, para que el ex cónyuge tenga la obligación de pagar la manutención.
De todas formas, para poder asesorarte, deberíamos conocer todas las circunstancias.
Si necesitas más asesoramiento, no dudes en contactar con nosotros,