Indemnización por accidente de trafico, con cervicalgia y lumbalgia
Realizada por G. Díaz Díaz. 27 mar 2015
Hola. Tuve un accidente de tráfico por culpa de otro conductor y me han diagnosticado cervicalgia y lumbalgia, por lo que estoy de baja laboral ¿Qué indemnización podré pedir? Gracias
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Buenos días,
Hasta que no tenga Ud. el alta médica no se podrá valorar la indemnización que le corresponde, ya que esta valoración se establece de acuerdo con unos baremos y para ello es necesario conocer los días impeditivos, los días no impeditivos y las secuelas que le han quedado a consecuencia del accidente.
Le recomiendo que se ponga en manos de un abogado especialista en reclamaciones por accidentes de tráfico y éste le informará de la mejor manera a proceder en su caso.
Si lo desea puede ponerse en contacto con nosotros y le informaremos de manera más personalizada.
Si sigue usted de baja es aún pronto para saber lo que podrá pedir, dado que la indemnización depende de los días de baja (sean o no impeditivos para sus ocupaciones habituales) y de si le queda o no alguna lesión permanente (lo que se denominan secuelas). Todo ello deberá ser valorado por un perito médico especialista en medicina legal y forense (en muchos caso, cuando media denuncia penal este informe de sanidad lo hace directamente el Forense adscrito al Juzgado que corresponda) y es a partir de dicho informe cuando se puede entrar a traducir las lesiones en euros a la luz del baremo de accidentes de tráfico.
Buenos días, en respuesta a su pregunta la indemnización se calcula con respecto a unos parámetros legales que cuantifican o le dan un valor monetario a los días que usted se encuentra bajo tratamiento, a las secuelas y a los perjuicios que se le hayan ocasionado derivados del accidente de tráfico. Estas tablas se encuentran en internet al alcance de cualquier usuario y podrá hacerse una idea de las valoraciones legales que existen a la hora de conceder una indemnización, estas tablas se actualizan anualmente y se le aplicara la tabla que se encuentre vigente a la fecha de su alta médica.
Es de su interés saber que en su póliza puede tener el asesoramiento legal particular cubierto y por lo tanto designar un abogado de su confianza no le supondría gasto alguno.
Para cualquier otra consulta puede visitarnos o concertar una cita y le informaremos gratuitamente de todo lo que respecta a su indemnización ya que somos abogados especializados en seguros.
Hola
Le hablo como perito medico
Efectivamente habría que esperar a la fecha de consolidación de las secuelas
Luego valorar dichas secuelas previa valoración médica y los días no impedidos e impeditivos y así ver la cuantía de la indemnización
Si se decide me lo indica para darle cita
El coste del informe sería de unos 300 euros
Un saludo
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Buenos días,
Le contesto como perito médico. Habría que valorar las secuelas que le han quedado previo reconocimiento médico y los días de baja no impedidos e impedidos. Si se decide me lo indica para darle cita. El precio del informe sería 300 euros.
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Sr Diaz,
Debe ponerse en contacto con un abogado para que le explique los pasos a seguir, ademas de indicarle el importe de la indemnización, en base a los baremos que se publican para accidentes.
Si lo desea puede ponerse en contacto con nosotros, estaremos encantados de asesorarle.
Buenos Días, le informamos que la indemnización a obtener por las lesiones y secuelas causadas, va a depender de varios factores. Si desea que valoremos su caso, en Grech Abogados, somos expertos en accidentes de tráfico, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle. La 1 consulta es gratuita!!!
Para realizar bien este tipo de reclamaciones, lo ideal es interponer una denuncia.
Con esto conseguimos que el médico forense adscrito al Juzgado elabore un informe que nos permita "apretar" a la aseguradora contraria.
El médico forense emite su dictamen en base a la documentación médica que se le aporte, por lo que la importancia de los informes previos que realicen los profesionales médicos es básica.
Las lesiones se valorarán por varios factores:
- Días de hospitalización (si los hubiese).
- Días impeditivos (normalmente asemejados a los de baja laboral, aunque con matices).
- Días no impeditivos o de curación.
- Puntos de secuela (en lo que se traduce la cervicalgia y lumbalgia y que determina el forense).
Para cualquier aclaración o consulta adicional, no dude en contactar.
Reciba un cordial saludo.
Buenos días, esto depende del número de días qie hayas tenido impeditivos y no impeditivos. Lo más práctico en interponer una denuncia y, junto a ella, reclamar la indemnziación conforme a los días impeditivos y no impeditivos que te conceda el forense tras examinarte.
Si tienes cualquier pregunta no dudes en consultarme.