Escribo desde Madrid,quiero preguntar en cómo actuar cuando mi esposa, de origen colombiano, abandona el domicilio conyugal por las discrepancias que yo mantenía con su hijo (16 años) fruto de anterior matrimonio.
He hecho testamento a favor de ella, ¿debo anularlo?
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Buenos días.
El hecho de abandonar a una pareja no es suficiente para reclamarle ese abandono, ya que nadie estamos obligados a convivir con nadie.
Debemos conocer las consecuencias de ese abandono y podremos ver si le podemos reclamar algo, pero no por el hecho del abandono. Por ejemplo, si ha dejado de pagar algo que nos perjudica, si nos debe algo, etc.
Lo que si tiene que tener claro es el asunto del testamento. Si Vd. no lo cambia, cuando fallezca, tiene el derecho que le corresponde según el testamento; es decir, si quiere cambiarlo, en favor de otra u otras personas, está en su perfecto derecho, lo puede cambiar cuando quiera y en la notaría que quiera; el que tiene valor será el último.
un saludo.
por supuesto quítela del testamento e interponga una demanda de divorcio pues aunque la quite del testamento si Ud. fallece y no están divorciados ella heredará el usufructo de 1/3 que le otorga la ley y para evitarlo tiene que estar divorciado. Puede contactarme si lo desea.
Atentamente
Vera Grande Alonso
Abogada del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid