La empresa nos hace lo siguiente

Realizada por Ismael. 9 may 2017 Abogados laboral

Es una empresa de Telemarketing, con varias campañas, en nuestra campaña, de telefonía, lo que está ocurriendo es lo siguiente, que al 50% de la plantilla aproximadamente, unas 45 personas, todos con 30 horas semanales, obviamente excluyendo a mandos intermedios, dieron a "elegir" o te "pasamos" a otra empresa (para lo cual tienes que firmar baja voluntaria y nuevo contrato. Fiándose de que se les respeta la antigüedad porque eso dicen) O te vas a la calle. En la nueva empresa, que es otro cliente de ellos con otro nombre, otro pagador, cambian horario, reducen de 30 a 25 horas semanales y además meten dos fines de semana al mes, cambian el fin de obra por un intervalo de tiempo y encima de eso, obligados a contestar al momento, o aceptas o se da por hecho que despedidos, pero sin dar los papeles de despido, el argumento que se da: previsión de poco trabajo, pocas llamadas. Haciéndo la trama, eso si, a los que llevan menos de dos años.

Con respecto a los que sobrevivieron a esta gran criba se prevé otra cosa, la teoría es que cerraran campaña para junio o julio (eso se rumorea) y despedirán a los que queden por fin de obra o intentarán re ubicar en las condiciones que acaban de hacer con los otros es decir entre la espada y la pared y aceptas o a la maldita calle, ellos dirán, coo acaban de hacer, "me lo tienes que contestar ya y si no te daré los papeles del despido cuando me venga en gana".

Con los que quedaron alegarán fin de obra y dicen que ni locos les darán mas de 8 días por año trabajado ni a los que se negaron a firmar la baja "voluntaria" y el nuevo contrato con peores condiciones ni a los que se quedaron. La pregunta es:

¿En que situación están unos y otros? ¿qué podemos hacer? ¿los que ya firmaron por miedo pueden retractarse? ¿los que se quedan tienen que aceptar ese 8 días por año? ¿se les puede grabar sin su consentimiento obligando a responder al momento amenazando con despido?

Muchísimas gracias por la página y por la ayuda de antemano.

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Hola Ismael.
Respecto a los que han pasado de una empresa a otra, no hay ningún problema por cuanto nos encontramos ante una sucesión empresarial, por lo que mantienen su antigüedad. En este caso al tratarse de contratos temporales la indemnización por año es de 12 días y no ocho como les han indicado. No obstante al tratarse del volumen de trabajo normal de la empresa, los mismos no pueden utilizar la modalidad de contrato temporal, lo cual comporta que estemos ante contratos fraudulentos, por lo que si la empresa los extingue podrán presentar demanda por despido, con la indemnización de 33 días por año. Respecto a la grabación, por supuesto que pueden hacerlo en el orden social se admite que el trabajador grave en audio conversación mantenida con el empleador.
Quedamos a su completa disposición para asesorarle en todo lo que precise y contestar a todas las dudas que pueda tener.

Abogado Laboral y Seguridad Social Martínez & Asociados Abogado en Cambrils

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