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Irina,
generalmente sí. No obstante suele venir recogido expresamente en la Sentencia correspondiente. Reciba un saludo.
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6 respuestas
Sí, en la anualidad de la misma.
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Si se refiere a la pensión alimenticia, en efecto, debe actualizarse cada año conforme a la variación que experimente el IPC. Un saludo.
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Buenos días Irina,
Las pensiones si que se actualizan según el incremento positivo del IPC. Se actualiza en enero de cada año. En caso de que no te abonen la actualización siempre se puede exigir. Para ampliar la información o cualquier tipo de consulta puedes ponerte en contacto conmigo. Un saludo.
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Sí, respecto al IPC interanual, publicado en la web del INE.
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"Pensión" es un término demasiado extenso. Debemos distinguir:
1. Pensiones abonadas por el Estado: se actualizarán conforme a lo que fijen cada año los Presupuestos Generales del Estado.
2. Pensiones alimenticias entre particulares: ex cónyuges, padres-hijos, entre hermanos. En éstas hay que estar a lo que contenga el documento que las fija: normalmente una sentencia, aunque en determinados casos (como la pensión vitalicia) la escritura pública que la contiene. Sólo se pueden reclamar atrasos de los últimos 5 años.
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Sí, en cualquier caso.
Un cordial saludo,
Jaime Lopez Collado - Abogado
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