Hola, me gustaría hacerles una consulta. Trabajo en una residencia de la tercera edad en Madrid (de gestión privada). Nos regimos por el convenio de residencias privadas de tercera edad y centro de día. Mi duda es: si solicito una licencia por asuntos propios (de un mes), ¿puedo solicitar posteriormente una excedencia voluntaria antes de que pase un año?
Gracias.
Un saludo
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Buenas tardes,
Para responderle correctamente, habría que estar a lo dispuesto en el Convenio y ver si su contrato se rige por éste.
Aclarando esta cuestión, podremos estudiar su caso.
Quedo a su disposición para aclararle las dudas que pudiera tener al respecto.
Un saludo,
Cristina Baz Larrañaga
El hecho de concederle luego una excedencia voluntaria va a depender de lo que establezca su convenio por el que se rige su relación laboral. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados estaremos encantados de atenderle, venga a vernos!, ¡y le deseamos que pase unas felices fiestas!