Manutención a una hija de 7 años, mi pareja y yo volvemos a vivir juntos
No estamos casados, tras seis pasando manutención volvemos a vivir juntos, ¿debo anular manutención o seguir pagándola aunque me empadrone en el domicilio familiar?
No estamos casados, tras seis pasando manutención volvemos a vivir juntos, ¿debo anular manutención o seguir pagándola aunque me empadrone en el domicilio familiar?
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Debe comunicar al Juzgado la nueva situación para dejar de pagar la pensión de alimentos. Somos un despacho de abogados de Barcelona expertos en Derecho de Familia, quedamos a su disposición. Un saludo.
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Buenas tardes Juan.
Entiendo que la manutención se ha pasado porque existe un convenio amparado en una sentencia judicial. Si es así hay que instar un procedimiento en el mismo juzgado para regularizar la nueva situación.
Si lo desea pude ponerse en contacto conmigo para ampliar la información y de esa manera poder aconsejarle mejor, e incluso poderle llevar el caso. Saludos.
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Buenos dias, Juan.
Si la medida de la manutención fue acordada y homologada por un Juzgado Civil o de Familia, será necesario acudir a dichas instancias a fin de solicitar el cese de la medida dado que la situación ha cambiado.
No obstante y con el fin de proteger el interés de la menor, a lo mejor sería conveniente que sopesaran la posibilidad de acordar una serie de medidas ante Notario a fin de dejar clara la situación tanto de la pareja como de la hija en común durante el tiempo que dure la relación.
Estamos a su disposición para aclarar cualquier duda al respecto.
Un saludo.
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Buenos días Juan, lo ideal sería que se anulara la manutención puesto que la situación que dió lugar a la misma ha finalizado y por tanto ha perdido el sentido.
Un saludo
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Estimado Sr.
Si formalizó sus obligaciones paternofiliales bien en el juzgado o por notario, debe de anularlo igualmente, por el medio iniciado. Así evitará posibles situaciones de conflicto futuras.
Saludos.
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Lo ideal sería que se anulara, ya que si en el futuro tenéis problemas esto se puede girar en tu contra.
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