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Buenas noches Juan Marcos.
Usted debe probar que en el momento de adquirir el vehículo no pudo percibir la existencia de dicho defecto o vicio. Además usted debe demostrar que actuó de manera diligente, es decir, que comprobó el objeto que compraba y lo revisó convenientemente y que, aún con eso, no pudo percatarse de ningún vicio. En este tipo de casos los vicios ocultos suelen ir referidos a fallos de motor o de maquinaria que no pueden apreciarse a simple vista en un examen superficial. En caso de que se probase que hay vicio oculto la responsabilidad recaería sobre el vendedor.
Espero que le sirva de ayuda
Saludos
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2 respuestas
Buenas Tardes, le informamos que dispone del plazo de 6 meses desde que lo compro para reclamar y deberá acreditar que dichos vicios ocultos existían en el momento de la compra. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Civil, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!
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Buenos días la forma de reclamarlo es poniendolo en conocimiento primero al vendedor y en caso de omisión interponer demanda
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