¿Me pertenece indemnización o finiquito?
Llevo dos años en la empresa con contrato de formación se m termina el segundo año el próximo mes...Tengo derecho a indemnización o finiquito...y como podría calcularlo....gracias.
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En su caso, es de aplicación el artículo 13 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, que establece: Los contratos para la formación y el aprendizaje se extinguirán por cualquiera de las causas recogidas en el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores.
Cuando la causa sea la expiración del tiempo convenido, requerirá previa denuncia de alguna de las partes. La parte que formule la denuncia deberá notificar a la otra la terminación del contrato con una antelación mínima de quince días a su terminación.
El incumplimiento por la empresa del plazo señalado en el párrafo anterior dará lugar a una indemnización a la persona trabajadora equivalente al salario correspondiente a los días en que dicho plazo se haya incumplido.
Por lo tanto no tendrá derecho a indemnización, salvo que la empresa no cumpla dicho plazo, en ese caso tendrá derecho a la indemnización en los términos establecidos en dicho artículo.
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