¿Me pueden despedir por falta grave sin justificar estando de baja?

Realizada por Clàudia Puig davesa. 2 nov 2017 Abogados laboral

Hoy me ha llegado una carta certificada diciendo que me realizaban un despido disciplinario por falta muy grave estando de baja. La falta decia que era por realizar actividades contrarias a mi recuperación. Mi baja es por un trastorno de ansiedad y depresion producido por el acoso laboral a cargo de una compañera de trabajo y de la cual la empresa estaba devidamente informada. La carta és muy corta y no dice que he hecho exactamente.

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Si la carta de despido es del todo ambigua e imprecisa, tiene muchas posibilidades de que el despido sea declarado improcedente. Tiene 20 días hábiles para impugnar el despido. Nuestro consejo es que se ponga en manos de un profesional que la asesore y lleve su caso.

Abogado Laboral y Seguridad Social Martínez & Asociados Abogado en Cambrils

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Necesitas de un abogado urgente que os oriente para impugnar el despido y el moobing. Vuestro caso necesita de un estudio para proceder procesalmente a reclamar vuestros derechos. Podéis contactarnos si os desea. Un saludo cordial, Rebeca Pérez Ramos, Abogada.

Anónimo-322753 Abogado en Sevilla

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Buenos días Claudia. En España, los despidos disciplinarios están reglados y tienen que estar muy bien justificados para que sean considerados procedentes. Además, la carta de despido debe contener una serie de requisitos formales que la ley exige, de lo contrario se considera el despido operado como improcedente. En tu caso concreto, hay que analizar la carta de despido en detalle para verificar si se trata de un despido improcedente. Por otro lado, también es interesante analizar la posible nulidad del mismo y la posibilidad de reclamar una indemnización adicional por el acoso sufrido. Por todo ello, te aconsejo que te pongas en contacto conmigo y fijemos una reunión en la que pueda analizar tu situación y aconsejarte la mejor solución. Un saludo

Relanzón Abogados Abogado en Majadahonda

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Corre a un abogado laboralista para que impugne tu despìdo. En cualquier caso tienen deserecho a seguir cobrando la baja directamente del INS o de la Mutua. Si aemás hay moobing el abogado que lo incluya en la misma demanda de despido.

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