Me han condenado a 8 días de localización permanente y a pagar las costas del juicio, era un juicio de faltas por insultos y amenazas. Soy militar temporal, ¿me pueden echar del ejército por esto,? ¿Cuánto tiempo tengo para recurrir? Gracias
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No, por esto no necesariamente te pueden echar del ejército. La ley 8/06 establece esa posibilidad en caso de delito doloso, pero no es el caso porque lo que tienes es una condena en juicio de faltas; las faltas no tienen la consideración de delito. Tranquila
Hola Laura,
El plazo para recurrir lo tendría que poner la sentencia. Repecto a si le pueden echar o no del ejercito tiene que consultar a un abogado de jurisdicción militar. Tiene pinta de ser una falta "muy menor" para ser causa de expulsión pero consulte con alguien que tenga relación con el reglamento castrense.
Saludos.