¿Me pueden llevar a juicio monitorio por una deuda de hace 19 años ya prescrita?

Realizada por Xavier. 3 abr 2016 Abogados reclamaciones

Hola, quiero hacer una consulta.


Se ve que me están acosando desde EOS Spain, primero con llamadas acosadoras y finalmente con una carta enviada por correo postal, para el pago de una deuda que no han demostrado de dónde procede (aunque ellos sí dicen que han presentado la documentación en el juzgado pero en la carta enviada no la adjuntan). Incluso han incluido en la carta, una copia de la petición inicial de proceso monitorio que han formulado en mi contra.


Supuestamente esta deuda es con un banco (vendió la deuda a EOS Spain) con un crédito particular que pedí hace 19 años. Tengo entendido que las deudas prescriben a los 15 años si el acreedor no hace ningún requerimiento notarial ni burofax certificado con acuse de recibo, por lo que me consta, durante todo este tiempo no he recibido ninguna carta notarial ni burofax certificado reclamándome la deuda, solo ésta carta normal y llamadas acosadoras. Por otro lado EOS Spain si dice en la carta que se han hecho requerimientos extrajudiciales para el pago de la deuda pero a mí no me consta por ninguna vía de las mencionadas.


Por el momento no he contestado ni las llamadas ni la carta. Me temo que todo esto es una amenaza para asustar y que pague. ¿Ellos pueden alegar que me han enviado el burofax y que yo lo haya rechazado aunque no lo haya recibido en verdad? ¿Hay alguna posibilidad de que el procedimiento monitorio tire adelante? ¿Y que me toque pagar por una deuda de hace tanto tiempo, por lo que ya habría prescrito?


Gracias.

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Buenas Tardes Xavier, le informamos que si la deuda ha prescrito será un buen argumento para oponerse al monitorio. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Civil, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

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Si recibe la demanda monitoria consulta a un abogado o lo pide de odicio y verá que sencillo es.

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Habría que ver las alegaciones de la otra parte, llegado habría que ver la acreditación de las comunicaciones que dicen que han hecho, hay otros medios aparte de los dichos que en ocasiones, son adminitdos como medio de comunicación.

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Buenas tardes

¿Reside ud. actualmente en una dirección distinta de la que tenía cuando, hace 19 años, contrató ese préstamo? Si es así, puede que le hayan estado enviando notificaciones por burofax a esa dirección anterior sin ud. saberlo. Pero, aun no siendo atendidas, esas notificaciones interrumpen los plazos de caducidad y son válidas para interponer un monitorio contra ud. Compruebe, si aparecen, las direcciones de envío que se citen en ese monitorio que le envían. Sólo para quedarse tranquilo.

Otazu-Vega Abogados Abogado en Pamplona/Iruña

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Si la deuda de verdad está prescrita, dudo que le demanden. Lo intentan todo aun a sabiendas que está prescrita. Lo hacen para ver si "cuela".

Mario Capdevila Gallego Abogado en Zaragoza

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El procedimiento monitorio concluye una vez que usted se oponga. Dependiendo del importe reclamado derivará en un verbal o en un ordinario. En muchas ocasiones este tipo de empresas presenta un monitorio porque para ellas es económico: si el moroso paga, genial; si no paga y hay que ir a un declarativo ya se cuidarán muy mucho de continuar la reclamación porque el coste se les dispara. Un saludo

Llorente & López Abogados Abogado en Navalcarnero

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Buenos días:

En estos supuestos suele tratarse de una empresa de recobro que ha adquirido un derecho de crédito.

Por lo general carecen de documentación, o los préstamos estan vencidos, o la supuesta deuda a prescrito, por lo que proceden a instigar a los ciudadanos con constantes llamadas y cartas certificadas.

En principio si es cierto que ha prescrito, no procederán a demandarte puesto que carecen de acción. No obstante si procedieran a demandarte búscate un abogado puesto que si es cierto lo que dices en la oposición al monitorio posiblemente acabaría todo el procedimiento.

Pero estate tranquilo, el no coger las llamadas y el ignorar las cartas que te envían no va a ser ningún perjuicio a la hora de contestar correctamente a una eventual demanda de procedimiento monitorio.

Un saludo.

García Asociados Abogado en Guadalajara

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