¿Me puedo negar a pagar la UNED de mi hija si su padre no me lo ha consultado?
Navarra.
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Buenos días Noemí,
Entiendo que ya habéis pasado por un proceso de divorcio, y por tanto habría que estar a lo establecido en el convenio regulador, para saber cual es vuestro régimen de gastos ordinarios y extraordinarios. Si necesitas más información no dudes en ponerte en contacto con nosotros.
Abogados 504
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Buenos días Noemi. La pregunta que realizas es muy concreta pero se debe conocer para dar una respuesta acertada si hay sentencia de separación o divorcio y como se regula la contribución de los padres a los alimentos y gastos de carácter extraordinario. Por ello se da diferente casuística que se debería conocer para poder responder adecuadamente.
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Buenos días, Dada la información facilitada, debemos estudiar lo establecido en su Convenio Regulador, para saber qué son gastos ordinarios y qué extraordinarios. Quedamos a su disposición. Saludos
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Buenos Dias Noemi, ante la falta de datos, le informamos que deben estar a lo regulado por sentencia de divorcio, relaciones paternofiliales, etc. ya que si los estudios entran dentro de los alimentos, ya que su hija aún estudia y depende económicamente de usted, viene obligado a ello. En el caso de que existieran otras circunstancias que le impidan hacer frente, debe instar demanda de modificación de medidas ante los Juzgados de Familia. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!
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