¡Hola! Llego casi 5 años trabajando en la misma empresa intermitentemente, con contratos de 6 meses hasta hacer el año y para no hacerme indefinida me mandan al paro durante 6 meses, para volver a entrar. ¿Tengo algún derecho de luchar para que me hagan indefinida?
Gracias y un saludo
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Buenos Dias Lili, le informamos que si desea que valoremos su caso con detalle y las acciones legales a emprender si la empresa ha actuado en fraude de ley, en Grech Abogados somos expertos en Laboral, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!
A partir del 18 de junio de 2010, adquieren la condición de indefinidos si se cumplen los siguientes requisitos:
Haber estado contratado temporalmente durante un plazo superior a 24 meses, con o sin solución de continuidad, dentro de un período de 30 meses.Queda excluido del cómputo del plazo de 24 meses y del periodo de 30, el tiempo transcurrido entre el 31-8-2011 y el 31-12-2012 (periodo en el que estuvo suspendida la adquisición de fijeza), haya existido o no prestación de servicios por el trabajador entre dichas fechas, computándose en todo caso los periodos de servicios transcurridos, respectivamente, con anterioridad o posterioridad a las mismas.
Que se hayan concertado dos o más contratos temporales, con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración determinada.
No computan a estos efectos los contratos formativos, de relevo e interinidad ni los contratos temporales cuyo objeto sea considerado como parte esencial de un itinerario de inserción personalizado:
celebrados en el marco de programas públicos de empleo-formación, y
los utilizados por empresas de inserción debidamente registradas.
Que los contratos se hayan celebrado con la misma empresa o grupo de empresas, sea directamente o a través de su puesta a disposición por ETT.
Es indiferente que los contratos hayan sido para el mismo o diferente puesto de trabajo.
Puede presentar una papeleta de conciliación solicitando a la empresa que reconozca su derecho a ser considerado como indefinido.
Otra opción es reclamar esta condición de indefinido cuando se es despedido. Muchas veces las empresas despiden a los trabajadores temporales por finalizar la obra o la eventualidad para la que se es contratado. Pero si el trabajador debería de ser considerado como indefinido entonces la empresa no puede despedirle por finalizar el motivo del contrato temporal. En esos casos conviene demandar contra el despido ya que es posible que el despido sea considerado como improcedente, aunque habría que analizar el caso concreto.
al haber estado 5 años trabajando en los períodos que nos dice, su contrato no debería (ni puede) ser temporal. Su contrato debería ser fijo discontinuo. Lo que comporta éste contrato es que en las fechas en que se te ha venido contratando durante los 5 años anteriores, debes ser contratada en los siguientes. El contrato fijo-discontinuo supone que, en el caso que la empresa decida prescindir de sus servicios, ésta le deberá abonara la correspondiente indemnización.
Lo que puedes hacer primeramente es hablar con la empresa para que reconozcan tu situación. En el caso de que no lo arreglen, debería usted demandarlos por estar contratada en fraude de ley.
Nos ponemos a su disposición para tramitar las negociaciones con su empresa y, dado el caso, iniciar el correspondiente proceso judicial.
Hola Lili,
por supuesto que es indefinida atendiendo a que se trata del volumen habitual de trabajo de la empresa y el contrato que le corresponde es el de fija discontinua.
Quedamos a su completa disposición para asesorarla en lo que necesite y llevar su procedimiento si así nos lo requiere. Actuamos en todo el territorio español.