Buenas tardes, mi empresa, un comercio, cierra sus puertas el día 1 de febrero. Se nos comunicó que se cerraba y nos despedía, esta sociedad dispone de más comercios abiertos al público, mi pregunta es si yo percibiré el finiquito o por cierre de empresa no se recibe.
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Hola Cristina:
Posiblemente lo que haga tu empresa es hacerte un despido objetivo por causas económicas, organizativas o productivas. Este despido lleva implícito una indemnización de 20 días por año de servicio y un preaviso de 15 días de antelación que si no te lo conceden te tienen que abonar esos 15 días en la liquidación.
Pues deberías cobrar el finiquito y, además, una indemnización de 20 días por año trabajado. Es posible que incluso puedas reclamar una indemnización superior si, como dices, la empresa tiene otros comercios y el despido no se realiza de forma correcta. En cualquier caso, si has recibido cualquier documento de la empresa o lo vas a recibir, ponte en contacto inmediatamente con un abogado laboralista de tu zona, él te asesorará y te dirá qué puedes reclamar.